Si la obligación constitucional y legal de motivar la sentencia impone al tribunal de mérito -entre otros recaudos- tomar en consideración todas las pruebas fundamentales legalmente incorporadas en el juicio, y efectuar dicha ponderación conforme la sana crítica racional (art. 193 C.P.P.), resulta claro que el recurso que invoca la infracción a las reglas ...
Ver más
Si la obligación constitucional y legal de motivar la sentencia impone al tribunal de mérito -entre otros recaudos- tomar en consideración todas las pruebas fundamentales legalmente incorporadas en el juicio, y efectuar dicha ponderación conforme la sana crítica racional (art. 193 C.P.P.), resulta claro que el recurso que invoca la infracción a las reglas ...
Ver más
La exposición de las menores víctimas de los hechos receptada a través de la metodología de la Cámara Gesell, en modo alguno constituye una prueba pericial sino una prueba testimonial. Así surge claramente de su regulación por el art. 227 1er párrafo y concs. C.P.P., situados en la Sección Quinta (“Testigos”) del Capítulo IX (Medios de prueba) del Título VI (Actos procesales) del Libro Primero (Di...
Ver más
La exposición de las menores víctimas de los hechos receptada a través de la metodología de la Cámara Gesell, en modo alguno constituye una prueba pericial sino una prueba testimonial. Así surge claramente de su regulación por el art. 227 1er párrafo y concs. C.P.P., situados en la Sección Quinta (“Testigos”) del Capítulo IX (Medios de prueba) del Título VI (Actos procesales) del Libro Primero (Di...
Ver más
El art. 221 bis C.P.P. procura un control similar al de los arts. 308 y 309 C.P.P. para otorgar una mayor protección de la víctima, al asegurar la intervención de todas las partes en el acto para evitar su repetición, y con ello padecimientos innecesarios que importarían una revictimización. Por lo que la mención de dichas disposiciones no debe interpretarse como una pretensión de calificar como d...
Ver más
No hay nulidad por la nulidad misma, sino sólo cuando hay una lesión efectiva al interés de las partes. Lo que tiene por objeto evitar el establecimiento de un sistema de nulidades puramente formales, acogiendo sólo aquellas que por su posible efecto corrector, tengan idoneidad para enervar los errores capaces de perjudicar realmente aquel interés. Por lo que aun en los casos de nulidades absoluta...
Ver más
El procedimiento contemplado por el art. 221 bis C.P.P. para receptar prueba testimonial a menores de 16 años víctimas de delitos contra la integridad sexual, no incide necesariamente en una mayor o menor eficacia conviccional de la prueba testimonial igualmente receptada. Su finalidad consiste en lograr una mayor protección de la víctima al evitarle padecimientos innecesarios que importarían para...
Ver más
La exigencia legal de fundar las resoluciones judiciales, en nada obsta a aceptar que la convicción del juzgador conforme al sistema de valoración respetuoso del principio de razón suficiente, pueda en base a elementos de convicción indirectos, como son los indicios, con la condición de que éstos sean unívocos y no anfibológicos. Vale decir, que la relación entre los hechos conocidos (indiciarios)...
Ver más
Abierta la competencia por la vía del motivo sustancial de casación, este tribunal tiene la potestad para efectuar la correcta solución jurídica del caso bajo examen, aun valiéndose de argumentos distintos de los esgrimidos por el impugnante, siempre que deje incólumes los hechos fijados por el a quo en la sentencia de mérito, que no se viole la prohibición de la reformatio in peius y no se vaya m...
Ver más
El art. 492 C.P.P. autoriza la presentación personal del recurso de revisión, no obstante ello, debe contar con la asistencia técnica, pues requiere de una exposición fundada de los motivos previstos en el art. 489 ib.. En el caso, por tratarse de un escrito presentado por un condenado que se encuentra cumpliendo una pena privativa de libertad, sin firma del letrado, di...
Ver más