El art. 443 C.P.P. consagra el principio de taxatividad, según el cual los recursos proceden en los casos expresamente previstos. De tal modo, si la resolución que se ataca no está captada como objeto impugnable dentro del elenco consagrado por la ley adjetiva, el recurso es formalmente improcedente, salvo que se introduzca dentro de la vía recursiva, el cuestionamiento de la constitucionalidad de...
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En lo que al recurso de casación se refiere, el Código Procesal Penal limita las resoluciones recurribles en casación a las sentencias definitivas y a los autos que pongan fin a la pena, o que hacen imposible que continúen, o que denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena (art. 469) y a los autos que resuelven los incidentes de la ejecución de las penas (art. 502).\nEl incidente d...
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En supuestos de delitos de acción pública dependientes de instancia privada la instancia en sí, no es promoción ni ejercicio de la acción penal, sino una incitación a la promoción, cuestión ésta que se rige por sus reglas procesales.\nEn cuanto a la forma de la instancia, en los supuestos de delitos de acción pública depe...
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En supuestos de delitos de acción pública dependientes de instancia privada la instancia en sí, no es promoción ni ejercicio de la acción penal, sino una incitación a la promoción, cuestión ésta que se rige por sus reglas procesales.\nEn cuanto a la forma de la instancia, en los supuestos de delitos de acción pública depe...
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oacute;n se coordina la interpretación unitaria de la ley de fondo, sometiendo en definitiva la interpretación de la ley al más alto tribunal de la provincia y ante el cual la causa llega con los hechos del proceso definitivamente fijados, para que solamente se juzgue la corrección jurídica con que han sido calificados. En nada empece a este criterio jurisprudenc...
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oacute;n se coordina la interpretación unitaria de la ley de fondo, sometiendo en definitiva la interpretación de la ley al más alto tribunal de la provincia y ante el cual la causa llega con los hechos del proceso definitivamente fijados, para que solamente se juzgue la corrección jurídica con que han sido calificados. En nada empece a este criterio jurisprudenc...
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En cuanto a los requerimientos típicos de la agravante del abuso sexual con sometimiento gravemente ultrajante (art. 119, 2...
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El planteo sobre una materia que no fue puesta a consideración del tribunal a quo resulta inconducente. Si la decisión impugnada en modo alguno versa sobre dicho extremo, ni tampoco el punto había sido sometido a examen del tribunal de alzada para que se expidiera sobre ello, no hay objeto impugnable y el recurso interpuesto procura arrogar a esta sala una suerte de competenci...
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La solicitud de prisión domiciliaria formulada por un interno, bajo la causal de tener una persona con discapacidad a su cargo (art. 10 inc. f C.P. y art. 32 inc. f ley 26.472), debe ser dotada de una base objetiva e idónea que permita evaluar su razonabilidad. Ello implica que en una materia tan delicada como lo es todo lo relativo a la adecuada contención, cuidado y acompa&n...
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La solicitud de prisión domiciliaria formulada por un interno, bajo la causal de tener una persona con discapacidad a su cargo (art. 10 inc. f C.P. y art. 32 inc. f ley 26.472), debe ser dotada de una base objetiva e idónea que permita evaluar su razonabilidad. Ello implica que en una materia tan delicada como lo es todo lo relativo a la adecuada contención, cuidado y acompa&n...
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