El principio iura novit curia permite superar errores de encuadre legal entre las distintas causales de un mismo recurso, no así cuando el error versa sobre la elección del recurso extraordinario local (inconstitucionalidad o casación), atendiendo a las diferencias cualitativas de ambas vías y a la distinta competencia. Ello es así, por cuanto si bien el principio de la formalidad -particularmente...
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Tanto el mantenimiento del texto del art. 41 y la exclusión de la libertad condicional a los reincidentes (art. 14) no son olvidos o errores del legislador conforme a la ya mencionada «regla de la clara equivocación», sino que muestran la decisión por la continuidad de disposiciones vigentes desde la sanción del Código Penal a partir de 1921.
En cuanto a si la reincidencia contraría la prohibic...
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En relación con el requisito del consentimiento del fiscal para habilitar la suspensión del juicio a prueba, esta sala ha sostenido en reiteradas oportunidades que dicha condición resulta insoslayable, pues el enunciado normativo que proclama el referido requisito, contiene una regla semánticamente autosuficiente, exenta de vaguedades o ambigüedades que lleven a confusión. La gramaticalidad de la ...
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En relación con el requisito del consentimiento del fiscal para habilitar la suspensión del juicio a prueba, esta sala ha sostenido en reiteradas oportunidades que dicha condición resulta insoslayable, pues el enunciado normativo que proclama el referido requisito, contiene una regla semánticamente autosuficiente, exenta de vaguedades o ambigüedades que lleven a confusión. La gramaticalidad de la ...
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En lo que a la individualización de la sanción penal se refiere, esta sala ha sostenido reiteradamente que la facultad discrecional de fijar la pena es exclusiva del tribunal de juicio y revisable en casación en supuestos de arbitrariedad y dentro de ese estrecho margen de recurribilidad relativo a las facultades discrecionales del tribunal de sentencia, se ha fijado el estándar de revisión en los...
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El régimen penitenciario de la ley 24.660, introduce un sistema de indeterminación del contenido de la pena dentro del límite máximo de la sanción individualizada judicialmente por el tribunal de mérito, para permitir su adecuación al caso en orden al cumplimiento de los fines de resocialización del art. 1º de dicha ley, flexibilidad que incluye circunstancias relativas a la estrictez y hasta la p...
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El consentimiento del fiscal para habilitar la suspensión del juicio a prueba del art. 76 bis, 4° párr. C.P., resulta insoslayable. Ello es así, pues el enunciado normativo que proclama el referido requisito, contiene una regla semánticamente autosuficiente, exenta de vaguedades o ambigüedades que lleven a confusión. De consiguiente, la gramaticalidad de la norma perjudica insanablemente una inter...
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El dictamen del Ministerio Público Fiscal, puede sustentarse en que se trata de un caso excluido del beneficio -v.gr., por el monto y clase de pena, o por que en el delito hubiese participado un funcionario público-, o si por las condiciones del imputado y del hecho acusado, no sería procedente la condena condicional. Además, la vinculación de la suspensión del juicio a prueba con el principio pro...
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Las razones de política criminal que puede alegar el fiscal pueden versar sobre casos de violencia de género o violencia familiar. Ello es congruente con los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino con relación a los casos de violencia dirigidos a la mujer. Es que, nuestro país a través de la ley 24.632 aprobó la “Convención de Belém Do Pará”, que busca prevenir, sancionar y e...
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, señaló que: (…) siguiendo una interpretación que vincula a los objetivos mencionados [art. 7º, primer párrafo, de la “Convención de Belén do Pará] con la necesidad de establecer un "procedimiento legal justo y eficaz para la mujer", que incluya "un juicio oportuno" (cfr. el inciso "f”, del articulo 7 de la “Convención de Belén do Pará citado), la norma en...
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