El Código Procesal Penal de Córdoba se preocupa por resguardar los principios de inmediación y contradicción respecto de las declaraciones testificales, sin entregarse a exageraciones que en el fondo encubren la decisión de evitar el control de los fundamentos de la sentencia. Así, la posibilidad de incorporar por su lectura declaraciones prestadas fuera del debate, se encuentra excepcionalmente a...
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Si bien el juez ante el pedido de absolución no puede condenar, tal condicionamiento no obsta a que el magistrado fundamente la absolución por razones diferentes a las del fiscal correccional. Ello así, por cuanto estos distintos argumentos en nada perjudicarán al acusado con respecto a la acción penal ejercida en su contra, mientras que pueden posibilitar distintas alternativas respecto de la acc...
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Desde una perspectiva estrictamente penal, una absolución por la duda con respecto a cuestiones de hecho (art. 406, 4º párr., C.P.P.), equivale a una absolución por certeza negativa a ese respecto. En cambio, respecto de la acción civil ex delicto, la absolución dictada por el juez en virtud del in dubio pro reo repercutirá en la no acreditación de la culpa del demandado (art. 1109 C.C.), pero tam...
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Cuando en un litis consorcio, las pretensiones deducidas exhiben conexión de causa y objeto, pues la primera se vincula con el evento dañoso y la segunda importa la reparación del perjuicio causado, existen circunstancias que legitiman que se dicte una sola sentencia que resuelva la cuestión en relación con tales extremos. Por consiguiente, las defensas articuladas o las pruebas producidas por uno...
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Constituyen una resolución equiparable a una sentencia definitiva y, por lo tanto, son impugnables en casación las decisiones que antes del fallo final de la causa mantienen una medida de coerción, en razón de que pueden irrogar agravios de imposible reparación posterior, dada la jerarquía constitucional de la libertad personal de quien cuenta con la presu...
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La prueba sobre la existencia del hecho y las circunstancias que permiten inferir el riesgo procesal son condiciones que deben concurrir simultáneamente para la justificación de la coerción, debiendo la fundamentación del pronunciamiento que dispone la medida, proyectarse en forma autónoma con relación a cada uno de ellos....
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Para tener por acreditada la ?existencia del hecho? respecto de un pronunciamiento relativo a una medida de coerción, es suficiente que, en un cuadro convictivo conformado por elementos de juicio positivos y negativos, los primeros primen cualitativamente sobre los segundos. Si bien se trata de una exigencia más severa que los motivos bastantes que demanda la ley ritual para la proce...
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En relación con la fundamentación probatoria basada en indicios, corresponde recordar que ellos conducen a la certeza en la medida en que su valoración conjunta demuestre razonablemente la derivación unívoca de la conclusión objetada. En tal sentido, se ha sostenido que en materia de indicios, hoy en día está fuera de discusión la posi...
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La prioridad de paso del conductor que viene por la derecha consagra una regla de oro, pues en virtud de esa preferencia de paso está facultado a avanzar ante la legítima expectativa de que será el otro rodado quien detendrá su marcha. De lo contrario, la circulación resultaría caótica e impredecible, si a cada esquina el conductor que cuenta con la...
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La observancia del principio lógico de razón suficiente en la fundamentación de una resolución jurisdiccional está sometida a diversos requisitos, según sea el grado de convencimiento requerido por el ordenamiento legal respectivo, para arribar a las conclusiones de hecho en que el fallo se asienta. Así, el respeto al aludido principio lógico...
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