Si bien es cierto que el Código Procesal Penal de la provincia divide el control de admisibilidad de los recursos con efecto devolutivo, estableciendo que el tribunal a quo solamente verificará si la resolución es recurrible, si el recurso ha sido interpuesto en tiempo, y por quien tiene derecho, en tanto que la comprobación de los restantes requisitos vinculados con la fundamentación de la impugn...
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El art. 459 C.P.P. establece, en una fórmula exenta de vaguedades, que el pronunciamiento sobre la reposición es preclusivo, salvo que junto al recurso de reposición hubiere sido deducido -en debida forma- el de apelación en subsidio; por lo que no es posible postular la existencia de un tiempo para apelar luego que el referido pronunciamiento se haya dictado.
Al momento de la interposición co...
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El control jurisdiccional, atento lo establecido en el art. 333 C.P.P., procede sólo para revisar la situación de libertad del imputado. En este sentido, esa vía procesal sólo podrá ser esgrimida cuando se pretenda que el juez disponga el mantenimiento de la libertad (art. 269), su recuperación -en los casos de aprehensión, arresto o detención- (art. 280) o la cesación de la prisión preventiva (ar...
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Las decisiones que importan la prosecución del proceso no son objetivamente impugnables en casación. Esta directriz no cede siquiera tratándose de la denuncia de nulidades absolutas.
La cuestión referente a la posible afectación de la condición laboral de los imputados-empleados municipales debe ser analizada a la luz de lo prescripto por el art. 13 inc. “d” del Estatuto del Personal de la Admi...
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De la ordenanza municipal 7244 de la ciudad de Córdoba surge que del auto que confirma la elevación a juicio de la causa no se deriva per se ningún gravamen al desempeño funcional del imputado, ya que la eventual cesantía no es un presupuesto de procedencia. La respuesta se mantiene aun trasladando el análisis al art. 64 del Estatuto mencionado, el cual establece que cuando al agente se le imputar...
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En cuanto a los trabajadores que ejercen representación sindical y que -conforme la normativa específica- cuentan con tutela sindical que la ampara, el perjuicio derivado de la elevación a juicio de la causa seguida en su contra es más distante aún, toda vez que por disposición del art. 52 de la ley 23.551 los nombrados no podrán ser suspendidos, despedidos ni con relación a ellos podrá modificars...
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La gravedad institucional no se identifica con gravedad de los hechos o su trascendencia pública; tampoco puede basarse en la sola violación de derechos aun cuando éstos tengan raigambre constitucional. Ella se configura cuando las cuestiones sometidas a juicio superan los intereses de los partícipes en la causa, de tal modo que ella conmueve a la comunidad entera, en sus valores más sustanciales ...
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Por imperio del principio del interés (art. 443 C.P.P.), resulta un dispendio inútil conceder la queja para abordar el recurso de casación si éste resulta sustancialmente improcedente o inadmisible. Ello autoriza -al analizar la procedencia de la queja- a consultar los fundamentos de la casación a fin de establecer si el mismo supera el examen de procedencia formal puesto que -de lo contrario- nin...
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Resulta inadmisible el recurso de casación en el que se ignoran los fundamentos dados en la sentencia para arribar a la conclusión objetada. Ello es así, por cuanto todo recurso es una impugnación que no puede prescindir de los fundamentos de la resolución recurrida y por lo tanto, respecto de ellos, deben esgrimirse los defectos susceptibles de conmover su validez. De lo contrario, en la medida e...
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La expresión de voluntad recursiva supone una manifestación, comunicación o exteriorización concreta por parte de quien la emite, que de modo alguno pueda predicarse de la posición de no querer firmar el imputado la notificación ni de la constancia que dejó plasmada el funcionario penitenciario al consignar que el interno “no firma” el acta. Dicha expresión no es una manifestación del imputado sin...
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