La fundamentación de la sentencia debe ser derivada, es decir, respetuosa del principio de razón suficiente. Ello importa que la prueba en la que se basan las conclusiones a que se arriba en la sentencia, sólo pueda dar fundamento a ellas y no a otras; o expresado de otro modo, que aquéllas deriven necesariamente de los elementos probatorios invocados en su sustento...
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Las pruebas no son sólo las directas, pues también en numerosos precedentes se ha advertido que un cuadro convictivo conformado por prueba indiciaria no resulta óbice para sostener una conclusión condenatoria, en la medida en que los indicios sean unívocos y no anfibológicos, y a su vez sean valorados en conjunto y no en forma separada o fragmentaria, toda vez que resulta inherente a la esencia de...
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\r\nPara que se verifique una fundamentación contradictoria es necesario que la oposición se genere entre dos juicios referidos al mismo objeto, toda vez que no puede achacarse dicho antagonismo cuando los argumentos o manifestaciones del tribunal no se refieren a las mismas circunstancias o hechos a probar....
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\r\nA los fines de la debida motivación in iure de la sentencia, es suficiente que el tribunal apoye su decisión en una regla jurídica específica pues ello ya permite a las partes proponer su corrección a través del motivo sustancial de casación....
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\r\nLa fundamentación de la sentencia debe ser derivada, es decir, respetuosa del principio de razón suficiente. Ello importa que la prueba en la que se basan las conclusiones a que se arriba en la sentencia, sólo pueda dar fundamento a ellas y no a otras; o expresado de otro modo, que aquéllas deriven necesariamente de los elementos probatorios invocados en su sustento...
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Las pruebas no son sólo las directas, pues también en numerosos precedentes se ha advertido que un cuadro convictivo conformado por prueba indiciaria no resulta óbice para sostener una conclusión condenatoria, en la medida en que los indicios sean unívocos y no anfibológicos, y a su vez sean valorados en conjunto y no en forma separada o fragmentaria, toda vez que resulta inherente a la esencia de...
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El art. 66 C.P. marca disyuntivamente dos hipótesis que tienen como denominador común el presuponer que el condenado ha incumplido la pena impuesta, y se diferencian según cuándo ello ha ocurrido: si el condenado elude ab initio el encierro -y, por ende, la condena no ha comenzado a ejecutarse- la prescripción comienza a correr desde la medianoche del día en que se notificare al reo la sentencia f...
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\r\nLa Corte Suprema de Justicia de la Nación ha indicado recientemente que sentencia firme es aquella contra la cual no procede impugnación ulterior. Más precisamente, ha afirmado que predicar firmeza respecto de una decisión cuando se han agotado las vías recursivas locales y aún pende la instancia del recurso directo, importa confundir ?la suspensión de los efectos -que hace a la ejecutabilidad...
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\r\nEl art. 66 C.P. marca disyuntivamente dos hipótesis que tienen como denominador común el presuponer que el condenado ha incumplido la pena impuesta, y se diferencian según cuándo ello ha ocurrido: si el condenado elude ab initio el encierro -y, por ende, la condena no ha comenzado a ejecutarse- la prescripción comienza a correr desde la medianoche del día en que se notificare al reo la sentenc...
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\r\nEl bien jurídico protegido por los tipos que sancionan la usurpación de aguas finca en el derecho del sujeto pasivo a usar y gozar de esas aguas, sea en virtud de un derecho real, personal o de una posesión de buena fe. De tal manera que, no es el simple uso y goce pacífico de ellas, porque la ley no protege, sino que castiga a quien usa y goza, ilegítimamente el agua ajena....
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