Frente a una situación de tercerización de un servicio correspondiente a una actividad normal y específica, el ordenamiento jurídico laboral responde con la norma contenida en el art. 30 L.C.T., imponiendo la solidaridad entre la empresa principal y la contratista. Esta solución legal emana del principio protectorio, que ha querido brindar más responsables para garantizar el crédito del trabajador...
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Cuando esta tercerización o descentralización de actividades normales y específicas de la empresa beneficiaria del servicio prestado, se traduce en una precarización de los trabajadores, pudiendo la actividad realizada por la actora ser cumplida por Telecom Personal S.A., con sus medios propios, y esa intermediación es una descentralización de su propio servicio, no invocándose ninguna razón que j...
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Si la empleadora invoca la existencia de un contrato de trabajo eventual, le corresponde a ésta acreditar el carácter eventual de la actividad de la actora, sea que se haya valido de dicha contratación especial en forma directa o a través de una empresa de servicios eventuales.
En el caso, Chexa S.A. no ha arrimado ninguna prueba documental que justifique alguna de las características estableci...
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Para que corresponda la aplicación de la sanción, prevista en el art. 132 bis L.C.T., el incumplimiento debe ser de todas las sumas de dinero retenidas y no de parte de ellas. Dos son las condiciones que prescribe la norma: que el empleador no hubiere ingresado totalmente las sumas retenidas, y que no las hubiere ingresado parcialmente
Para que procediese la sanción cuando el empleador ingresar...
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“Changa” es una expresión imprecisa en lo que al ámbito laboral se refiere, y que el Diccionario de la Lengua define en una de sus acepciones, como una “ocupación transitoria, por lo común en tareas menores”.
La demandada lo relaciona con lo “esporádico”. Pero sucede que las tareas esporádicas, ocasionales, ingresan en la previsión normativa de la L.C.T. Para que la changa no ingrese como traba...
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El supuesto legal del art. 2º ley 25.323 determina dos fases para la activación de la sanción: a) una intimación previa y fehaciente del trabajador hacia el empleador incumplidor; y b) la procedencia de las indemnizaciones establecidas por los arts. 231, 245 y conc. de la L.C.T.
No puede tomarse como «intimación previa» la presentación de la demanda judicial, pues es allí -en ese momento proces...
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La falta de exhibición del libro especial del art. 52 del R.C.T. y demás documentación laboral requerida, no trae consecuencia alguna, pues la aludida documentación es obligatoria cuando existe relación de trabajo subordinada, situación que no ocurrió....
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Se configura la violación del principio non bis in idem, con la doble imposición de una sanción por un mismo hecho supuestamente injurioso, si la demandada no acompañó legajo del actor y notificación de la suspensión impuesta para acreditar que la ausencia del actor que generó la denuncia del contrato de trabajo no era también, la causa de dicha suspensión.
Corresponde el uso de la facultad ot...
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No resulta suficiente para sustentar la existencia de una relación laboral entre el profesional de la salud y el hospital en el cual presta servicios, que el galeno concurra en forma personal y habitual a trabajar, aportando un servicio de utilidad para los objetivos de dicha institución. Ello pues, por la característica de la actividad, carece de practicidad acudir al concepto jurídico de relació...
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No se encuentra presente la nota de subordinación jurídica en la vinculación existente entre el profesional de la salud y el nosocomio en el cual presta servicios de su especialidad, cuando no hay sujeción a directivas jerárquicas y la forma en que el galeno cumple la actividad revela el manejo de su autonomía profesional gobernando su tiempo y labor. Ello sucede en caso que no exista asignado hor...
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