1. Entre el precedente traído como contradictorio (Cámara Cuarta del Trabajo, autos: “Sánchez, Fernando Ricardo c/ Empresa Provincial de Energía de Córdoba, y la sentencia recurrida, median las debidas identidades de hecho y de derecho si en los dos casos se trata de enfermedades accidentes sufridas por empleados de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, en virtud de las cuales y previa revi...
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1. Entre el precedente traído como contradictorio (dictado por la Cámara Tercera de Trabajo) y la sentencia recurrida existen las debidas identidades de hecho y de derecho porque en los dos supuestos se trata de obreros que reclaman indemnización por enfermedad accidente con fundamento en la ley 9688 siendo, ante sendos reclamos resarcitorios, citadas en garantía por las demandadas las respectivas...
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1. Procede hacer lugar el recurso de casación interpuesto con fundamento en el art. 94 en función del art. 65 L.T.P. y resolver el fondo del asunto tal como lo establece el art. 102, L.T.P., si la Cámara a quo, para fijar el quantum indemnizatorio no ha tenido en consideración los criterios objetivos fijados por la Sala Laboral del T.S.J. a partir de la Sent. Nº 115 del 19/12/84 recaída en la caus...
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1. La Cámara a quo admitió la demanda respecto de la pretensión de diferencia por indemnización sustitutiva del preaviso pero rechazó la reclamación actora por francos compensatorios y diferencia de indemnización por antigüedad y dispuso que las costas fuesen soportadas por la demandada.
En el precedente presentado como contradictorio (“Pereyra, Miguel c/ Raúl E. Elena y Cía. S.C.C. - Demanda”, C...
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1. Entre el precedente traído como contradictorio y la sentencia recaída en autos, existen las debidas identidades de hecho y de derecho porque en ambos casos se trata de siniestros sufridos por los trabajadores en cumplimiento de sus tareas, los cuales, en definitiva, originaron el reclamo ante la patronal de las indemnizaciones previstas en el derecho común, por haber hecho los actores uso de la...
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1. Ante igual situación fáctica -los actores, tanto en la causa en la que recayó la sentencia recurrida como en la que se dictó la traída como contradictoria, invocaron una relación laboral la cual fue negada por sus respectivas empleadoras, quienes adujeron la existencia de una “producción libre”- la Cámara a quo partió de la presunción que crea en beneficio del trabajador el art. 23 L.C.T. e imp...
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La capacidad que resta al trabajador después de cada accidente (o enfermedad accidente) indemnizado, importa una suerte de «nueva capacidad» sobre la cual «deben tasarse los efectos de eventos posteriores», a menos que se demuestre que la nueva dolencia importa reagravación de la anterior.
Si se concluye que en las afecciones por las que el actor reclama no ha habido determinación previa de grad...
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Los Tribunales laborales son competentes para resolver contiendas incoadas por empleados públicos persiguiendo el cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad accidente. La ley 9688 -que integra el ordenamiento laboral común- ha incorporado al Estado entre los sujetos obligados al resarcimiento, considerando que los eventos aludidos, por su naturaleza, exceden del ámbito...
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Es errada la postura de la Cámara a quo en tanto, no obstante haberse probado la justa causa invocada para despedir, interpretó que el art. 178 L.C.T. «no admite excepciones», por lo que declaró procedente la indemnización especial reclamada.
La norma citada establece una presunción iuris tantum de que el despido de la mujer trabajadora obedece a razones de maternidad o embarazo cuando fuese disp...
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Se ha omitido considerar prueba dirimente si no se han tenido en cuenta los elementos de los que se desprende que el actor renunció a su empleo para acogerse a los beneficios de la jubilación y la demandada aceptó su renuncia, a partir del ocho de enero de mil novecientos ochenta. De allí que deba casarse el pronunciamiento que toma como fecha inicial para el cómputo de la prescripción, el día tre...
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