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19 Oct 2004

Acto administrativo

Comisión Liquidadora de Gorriones Rugby Club c/ Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso de apelación Acto administrativo
Acto sujeto a aprobación / Existencia / Efectos /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

El acto que requiere de su aprobación a posteriori de su emisión, no constituye un acto válido ni ejecutivo, hasta tanto dicha aprobación se produzca, adquiriendo carácter constitutivo, por cuanto los efectos jurídicos se producen a partir del momento del acto aprobatorio (ex nunc). Quien tiene la competencia para emitir el acto de aprobación puede ...

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19 Oct 2004

Actos propios

Comisión Liquidadora de Gorriones Rugby Club c/ Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso de apelación Actos propios
Conducta incompatible con la asumida anteriormente /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

La actitud asumida por la demandada no puede ponerse en contradicción con sus propios actos ejerciendo una conducta incompatible con la asumida anteriormente, ya que sobre ambas partes de la relación procesal y sustancial se impone la observancia del deber de coherencia del comportamiento, entendido como la necesidad de observar en el futuro, la conducta que los actos anteriores hac&...

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29 Sep 2004

Recurso de casación.

Romero, Roberto Jesús c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Recurso de casación.
Principios de fundamentación suficiente y sana crítica racional. /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

El art. 155 Const. Pcial. impone a los jueces el deber de emitir sus decisiones con fundamentos lógicos y legales. Ello armoniza con lo dispuesto por el art. 326 C.P.C.C. -ley 8465- que impone la nulidad de las sentencias dictadas sin fundamentación. Dentro de este concepto se enmarca el de fundamentación defectuosa. De allí que los tribunales de juicio deben formar su ...

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29 Sep 2004

Procedimiento contencioso administrativo

Romero, Roberto Jesús c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Procedimiento contencioso administrativo
Control judicial de la administración / Alcances de la sentencia. /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

\r\nEl art. 155 Const. Pcial. impone a los jueces el deber de emitir sus decisiones con fundamentos lógicos y legales. Ello armoniza con lo dispuesto por el art. 326 C.P.C.C. -ley 8465- que impone la nulidad de las sentencias dictadas sin fundamentación. Dentro de este concepto se enmarca el de fundamentación defectuosa. De allí que los tribunales de juicio deben formar su convicción, explicitando...

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29 Sep 2004

Pensión

Romero, Roberto Jesús c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Pensión
Derecho de pensión del hijo mayor de edad discapacitado laboralmente /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

El art. 155 Const. Pcial. impone a los jueces el deber de emitir sus decisiones con fundamentos lógicos y legales. Ello armoniza con lo dispuesto por el art. 326 C.P.C.C. -ley 8465- que impone la nulidad de las sentencias dictadas sin fundamentación. Dentro de este concepto se enmarca el de fundamentación defectuosa. De allí que los tribunales de juicio deben formar su ...

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18 Aug 2004

Constitucionalidad

Cucco, Ricardo Rubén c/ Provincia de Córdoba y otros Constitucionalidad
Constitucionalidad del principio solve et repete / Declaración de inconstitucionalidad de una norma: ultima ratio /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

\r\nNo debe recurrirse a la declaración de inconstitucionalidad de una norma de jerarquía legal sino cuando una estricta necesidad lo requiera, pues constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia. Es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerado como la ultima ratio del orden jurídico.\r\nNo existen óbices formales para que los mi...

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18 Aug 2004

Solve et repete

Cucco, Ricardo Rubén c/ Provincia de Córdoba y otros Solve et repete
Morigeración: procedencia / Circunstancias excepcionales /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

No debe recurrirse a la declaración de inconstitucionalidad de una norma de jerarquía legal sino cuando una estricta necesidad lo requiera, pues constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia. Es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerado como la ultima ratio del orden jurídico.\nNo existen ób...

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07 Apr 2004

Procedimiento contencioso administrativo

Blum Flores, Enrique Alfredo c/ Provincia de Córdoba Procedimiento contencioso administrativo
Habilitación de instancia: excepciones de previo y especial pronunciamiento / Incompetencia / Extemporaneidad /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Conforme lo preceptúa el art. 11 en concordancia con los arts. 24 y 25 C.P.C.A. -ley 7182- en principio y a diferencia del sistema anterior que era prima facie (ley 3897) una vez admitida la demanda y resueltas las excepciones de previo y especial pronunciamiento -si las hubiere- la competencia de la Cámara Contencioso Administrativa queda radicada en forma definitiva y, por lo tanto, es insuscept...

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07 Apr 2004

Costas

Blum Flores, Enrique Alfredo c/ Provincia de Córdoba Costas
Imposición por su orden / Proporcionalidad /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

\r\nConforme lo preceptúa el art. 11 en concordancia con los arts. 24 y 25 C.P.C.A. -ley 7182- en principio y a diferencia del sistema anterior que era prima facie (ley 3897) una vez admitida la demanda y resueltas las excepciones de previo y especial pronunciamiento -si las hubiere- la competencia de la Cámara Contencioso Administrativa queda radicada en forma definitiva y, por lo tanto, es insus...

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07 Apr 2004

Cosa juzgada

Blum Flores, Enrique Alfredo c/ Provincia de Córdoba Cosa juzgada
Cosa juzgada administrativa: identidad de cuestiones /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Conforme lo preceptúa el art. 11 en concordancia con los arts. 24 y 25 C.P.C.A. -ley 7182- en principio y a diferencia del sistema anterior que era prima facie (ley 3897) una vez admitida la demanda y resueltas las excepciones de previo y especial pronunciamiento -si las hubiere- la competencia de la Cámara Contencioso Administrativa queda radicada en forma definitiva y, por lo tanto...

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