\r\nNo resulta arbitraria la solución que prioriza como elemento primordial del vencimiento el desenlace del pleito sobre los extremos condicionantes del derecho invocado, más que sobre la mera cuantificación del crédito reclamado o bien atribuir mayor significado a las cuestiones respecto de las cuales más intenso ha sido el debate y el consecuente desgaste jurisdiccional, o en función de otros c...
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\r\n El principio procesal de comunidad de la apelación que es consustancial con la facultad reconocida a las partes del proceso de adherirse al recurso de la contraria, no puede llegar al extremo de producir una reformatio in peius en contra del apelante que limitó su recurso a sólo un capítulo de lo que fue objeto de decisión y respecto al cual podía acusar un interés para recurrir, pronunc...
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El instituto de la adhesión al recurso de apelación, tal como se encuentra legislado, de interpretación estricta en virtud del principio de taxatividad legal que informa al régimen recursivo procesal, requiere en forma clara que quien se adhiera a un recurso de apelación revista la condición de apelado, situación que no acaece respecto de la recurrente adhesiva, toda vez que la apelante -parte dem...
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\r\nEl principio procesal de comunidad de la apelación que es consustancial con la facultad reconocida a las partes del proceso de adherirse al recurso de la contraria, no puede llegar al extremo de producir una reformatio in peius en contra del apelante que limitó su recurso a sólo un capítulo de lo que fue objeto de decisión y respecto al cual podía acusar un interés para recurrir, pronunciamien...
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Frente a supuestos de vencimientos recíprocos, donde tanto uno cuanto otro litigante vio desestimada parte de su pretensión, resulta de aplicación el art. 132 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba que dispone expresamente que las costas se impondrán prudencialmente con relación al éxito obtenido por cada una de ellas. Sin embargo, la correcta aplicación de dicho disposit...
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La prescripción es una institución de orden público creada para dar estabilidad y firmeza a las relaciones jurídicas, disipar las incertidumbres del pasado y poner fin a la indecisión de los derechos, con el propósito de resguardar la necesidad social de no mantenerlas pendientes y por tiempo indeterminado, como así también, consolidar las situaciones creadas por el transcurso del tiempo, superand...
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En el primer párrafo del art. 3986 C.C. se contempla un supuesto que produce la interrupción de la prescripción, mientras que en el segundo se hace referencia al efecto suspensivo del curso de aquélla por la necesaria constitución en mora del deudor. No se puede confundir dos aspectos sustanciales claramente diferentes en orden al instituto de la prescripción, cual es la virtualidad interruptiva d...
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\r\nSi el orden jurídico establece como presupuesto procesal de inexorable acatamiento el previo agotamiento de la vía administrativa (art. 178 Const. Pcial. y ley 7182), constituiría un excesivo rigor formal interpretar que dicha reclamación o recurso administrativo carezca de la virtualidad jurídica suficiente para tener efecto interruptivo. Puesto que la manifestación de voluntad contenida en d...
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Las actuaciones administrativas tendientes al agotamiento de la v...
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Si las actuaciones administrativas son equiparables a una demanda judicial, como tal configuran un acto complejo de carácter continuado, que se proyecta en el tiempo logrando una unidad de actuación que subsiste, en tanto y en cuanto, no se extinga la relación jurídica administrativa, por lo tanto, justo es considerar que sus efectos interruptivos deben prolongarse hasta que éstas concluyan en vir...
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