El reclamo efectuado no puede ser viabilizado a través de la acción de amparo por mora, ya que la pretensión esgrimida no procura obtener una decisión expresa y definitiva de la administración frente a una petición concreta o recurso que se le haya formulado, sino un comportamiento determinado de la autoridad pública, esto es “que disponga el cese de la intervención al consorcio de riego y se dé c...
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La legitimación activa necesaria para interponer una acción de amparo por mora, exige del accionante la acreditación prima facie de ser titular de un derecho subjetivo o de interés legítimo de carácter administrativo, para revertir judicialmente una típica situación de mora administrativa con relación a una petición o impugnación.
El reclamo presentado mediante la carta documento remitida al su...
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Sin la intervención previa del Tribunal de Cuentas, el acto no nace a la vida jurídica, por lo que no puede ejecutarse al carecer de eficacia, aun en el supuesto de que el administrado se hubiere notificado. El acto no visado es insusceptible de generar derecho subjetivo.
El requisito de la «visación» de esta categoría de actos, tal -verbigracia- los de designación de personal en planta perman...
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El Estado debe garantizar y proteger la condición sanitaria de la población, tratándose de un interés supraindividual, de titularidad colectiva, de naturaleza difusa y evitar que los ciudadanos provoquen situaciones que generen riesgos sanitarios.
Cuando se trata del riesgo a la salud por las prácticas farmacológicas, el Estado debe velar tanto por los sujetos que intervienen en los ensayos así...
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El fundamento jurídico del derecho del administrado a ser indemnizado por los daños directamente derivados de la revocación por razones de oportunidad, no es otro que el respeto debido a la Constitución Nacional. La indemnización se impone como garantía de inviolabilidad de la propiedad y lo que la Constitución Nacional preceptúa con respecto a la indemnización por expropiación en el art. 17, cons...
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El recurso de casación para ser formalmente admisible debe bastarse a sí mismo; es decir, debe estar debidamente fundado conteniendo las razones de la impugnación, sea el error de derecho o el vicio anulatorio de la sentencia recurrida. Cuando la denuncia de ponderar ilegítimamente ciertas pruebas se vincula con su pertinencia para acreditar cuestiones que se argumentan como trascendentes para log...
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La competencia ratione materia de los tribunales es de orden público, caracterizada por su indisponibilidad por parte de los sujetos procesales y fundada -entre otros motivos- en una clara teleología de promover la división racional del quehacer jurisdiccional, atendiendo al criterio objetivo de la especialidad.
La materia contencioso administrativa se configura sólo en presencia de resolucione...
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El hecho de que se cuestione la validez de actos administrativos que pueden traducir el ejercicio del poder de policía, no alcanza para disponer la habilitación de la instancia contencioso administrativa si el derecho por cuya defensa se acude a esta jurisdicción es de neto carácter civil y no administrativo.
El derecho a la tutela judicial efectiva debe considerarse satisfecho con la obtenció...
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El instituto de la perención de la instancia, en tanto modo anormal de conclusión del proceso impuesto por razones de orden público, opera cuando se ha abandonado por inacción el procedimiento durante un determinado lapso previsto en la ley.
La caducidad de la instancia se subordina a la concurrencia de los siguientes presupuestos: a) La existencia de una «instancia», entendida como toda prete...
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Si el tribunal al momento de juzgar de acuerdo a derecho debe arbitrar una solución que concilie los valores jurídicos en juego, a punto tal que, bajo ciertas condiciones, puede habilitar de manera excepcionalísima una dispensa total del cumplimiento de la regla del solve et repete, respetando los valores supremos que aseguran las constituciones Nacional y Provincial de acceso al control judicial ...
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