\r\nLas reglas de la sana crítica son, ante todo, las reglas del correcto entendimiento humano. En ellas intervienen las reglas de la lógica, con las reglas de la experiencia del juez. Unas y otras contribuyen de igual manera a que el magistrado pueda analizar la prueba con arreglo a la sana razón y a un conocimiento experimental de las cosas. El juez que debe decidir con arreglo a la sana crítica...
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Indebidamente se invirtió el onus probandi, pues en lugar de que el presunto responsable cargue con la alegación y prueba de la eximente de responsabilidad, de acuerdo con el art. 1113 C.C., que consagra el régimen de responsabilidad objetiva para los daños derivados del riesgo de la cosa, se trasladó esa carga al damnificado quien debió acreditar que el d...
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No corresponde evaluar la prioridad de paso de manera autónoma, teórica y abstracta, independizada de los hechos concretos, sino en base a la prueba de ellos y dentro del contexto general de las normas de tránsito. Es así que el art. 66 de la ordenanza municipal de tránsito 9981 contiene un catálogo de excepciones. La regla «derecha antes que izquierda» no...
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La jurisprudencia precisa el concepto de velocidad adecuada, no por kilómetros horarios sino por el hecho de que permita al conductor controlar su rodado. Si en el caso concreto no pudo, la velocidad será imprudente y quien se aparte de tales pautas incurrirá en culpa, aunque hubiese anunciado su paso mediante señales pertinentes. En función del material probator...
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El usuario de un automotor tiene derecho a usarlo como instrumento de satisfacción de las necesidades cotidianas de la vida, y el valor económico que representa ese uso constituye la fuente de un daño cierto y resarcible. Este se mensura mediante el costo del empleo de medios de transporte que reemplacen la función del siniestrado. El daño no nace en todos los ca...
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El carné del conductor debe ser apropiado para el tipo de vehículo que se conduce y debe estar vigente al día del accidente; el permiso anulado, suspendido o vencido excluye la garantía del asegurador. De acuerdo con el contrato de seguro que vincula a la demandada con la citada en garantía (cláus. 22, inc. g) y en conformidad con el art. 118, 3er pá...
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\r\nLa culpa exclusiva de la víctima que ha fracturado el nexo causal adecuado, tiene por consecuencia la exoneración de toda responsabilidad del guardián y dueño de la cosa riesgosa (arts. 1111 y 1113 C.C.). \r\nLa conducta imprudente de la víctima constituyó la causa exclusiva de la colisión, pues quien llega sin prioridad a una bocacalle debe -necesariamente- extremar las precauciones, disminui...
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\r\nEl motociclista incurrió en infracción al circular a una velocidad excesiva (entre 60 y70 km/h) incumpliendo con la obligación de reducir la velocidad al aproximarse a la encrucijada; y es a causa de esa excesiva velocidad que al intentar esquivar al camión para evitar la colisión no lo logró, tocando con el paragolpe del rodado, lo que provocó su caída y posterior desenlace fatal.\r\n Una cir...
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\r\nLa falta de uso de casco reglamentario por parte de la víctima es una infracción que reviste especial trascendencia, habida cuenta de que las lesiones sufridas en su cabeza fueron probablemente la causa del desenlace fatal y que pudieron verse disminuidas si hubiera mediado uso del casco.\r\nLa falta de casco protector no es un dato intrascendente en relación con la culpa de la víctima que ope...
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La competencia del tribunal de casación, en su función de nomofilaquia y unificación, se halla supeditada a que las disímiles interpretaciones legales que se invocan hayan sido plasmadas al dirimir casos análogos. Ello no importa exigir una identidad estricta en los datos circunstanciales que informan los supuestos de hecho, sino de aquellos que han ostentado una...
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