Tratándose de un hecho atributivo de responsabilidad objetiva, es obligación del demandante acreditar la titularidad dominial invocada en sustento de su pretensión, ante la negativa de la parte a quien se le atribuye la propiedad de determinado vehículo para hacerla responsable de los daños que son consecuencia del accidente protagonizado por su conductor.
Siendo la calidad de propietario del ve...
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Al no haber negado el codemandado (conductor del vehículo que protagonizó el evento dañoso) que el actor sea propietario del vehículo embestido, carece de relevancia que no se haya producido informe del Registro de la Propiedad del Automotor para acreditar tal circunstancia, toda vez que conforme lo dispone el art. 1110 C.C. puede pedir la reparación el usufructuario y el usuario de la cosa, siend...
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Es a cargo del demandado que cuestiona la procedencia o magnitud de las erogaciones que se reclaman demostrar que no guardan relación con la realidad, o que los deterioros se deben a otra causa o no se originaron en el evento....
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El objetivo del art. 58 de la ordenanza municipal 8643 es que las bicicletas no entorpezcan la circulación de vehículos mucho más veloces. Esta regla no reconoce excepción en la aproximación a intersec-ciones, ni aun a raíz del propósito del ciclista de ingresar en una arteria diferente. En tal caso, debe continuar en la posición reglamentaria, próxima al cordón de la vereda respectiva y a la espe...
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Las exenciones y prioridad de paso para el vehículo de emergencia -ambulancia- no le otorgan a su conductor una verdadera inmunidad en cuanto al respeto por las normas que rigen la circulación vehicular y la prerrogativa de que goza tiene fundamento en la urgencia del servicio que presta.
Si la ambulancia no circulaba preventivamente anticipando su paso con la sirena, debe considerarse que su con...
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El art. 53 de la ordenanza 8643 faculta al conductor de un vehículo de emergencia a prescindir de la observancia de las normas de tránsito, cuando sea estrictamente necesario para el más eficaz cumplimiento de su específica misión.
Si no era de gravedad el estado en que se encontraba la persona que era trasladada en la ambulancia, no era estrictamente necesario para el más eficaz cumplimiento de ...
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Respecto de la declaración de quien iba en la ambulancia como enfermero, su condición de acompañante genera sospecha en cuanto a la veracidad de su afirmación, por lo que se prefieren los testimonios rendidos por personas extrañas a las partes que presenciaron el accidente....
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Las costas provenientes de la desestimación de la demanda contra uno de los demandados tienen que ser asumidas por la otra demandada, dado que el actor no tenía ninguna carga de investigar la mecánica del accidente. La víctima debe asumir el pago de las costas correspondientes a las pretensiones rechazadas sólo en los casos en que conocía o pudo conocer, en función de las circunstancias, que no ha...
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La decisión recaída en sede penal de sobreseimiento del codemandado no se asienta sobre la inexistencia del hecho principal o de autoría del imputado, sino en su ausencia de culpabilidad en la producción del evento dañoso, lo que torna absolutamente revisable por el juez civil este aspecto de la decisión. La responsabilidad penal y civil no se confunden porque se aprecian con criterio distinto, po...
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No es tarea propia de los peritos la determinación de la probable mecánica del accidente, tarea que corresponde al juzgador, a quien concierne estrictamente la valoración de toda la prueba.
La opinión de un perito mecánico, pese a los conocimientos técnicos de los que debe presumirse se encuentra dotado, carece de eficacia para determinar con grado de convicción cómo ha ocurrido un accidente de ...
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