Prueba
Parada, Fabio Adrián c/ Juan Torres Audino y otro PruebaCarácter fatal del plazo: efectos / Recepción de prueba vencido el plazo / Requisitos /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C.
\r\nEl plazo para ofrecer y diligenciar prueba es fatal (art. 49, inc. 4 C.P.C.C.) de allí que el tribunal no pueda, aun en caso de no haber mediado resolución formal declarando la clausura del término probatorio, admitir la recepción de prueba fuera del plazo, salvo que ésta haya sido diligentemente instada en tiempo propio (art. 212 C.P.C.C.) (del voto de la mayoría, Dras. Chiapero de Bas, Monto...
Ver más