Prueba

Incomparecencia del testigo / Conducta de la parte oferente / Conducta negligente: configuración /

\r\nEl oferente de la prueba que no comunicó a la autoridad policial en los términos del art. 287 C.P.C.C., incurrió en omisión de realizar una de las actividades necesarias enderezadas a garantizar la recepción de las testimoniales. Aun cuando la Policía no puede ?asegurar? en forma absoluta la comparecencia de los testigos, no es menos cierto que ello no exime al oferente de cumplir con tal comu...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Parada, Fabio Adrián c/ Juan Torres Audino y otro

Revista Nro: 89
Nro Página: 240

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