Cabe precisar que, no obstante que los fallos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no constituyen una regla genérica vinculante como sí lo es la ley, ese alto tribunal ha elaborado la doctrina del leal acatamiento a sus precedentes, que fija la eficacia que tienen en torno a sentencias posteriores que pueden dictar los distintos tribunales del país.
La doctrina del leal acatamiento se ha ...
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En nuestro régimen recursivo el plazo para contestar el recurso extraordinario de casación es fatal (art. 386 C.P.C.C.). En consecuencia, ante el incumplimiento de esa carga por la parte recurrida opera la caducidad del plazo de pleno derecho, sin necesidad de petición de la contraria.
Es a partir de la fecha en que operó el vencimiento del plazo fatal del traslado para contestar el recurso de ca...
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El instituto de la perención atañe a la existencia misma del proceso, el Tribunal tiene comprometida opinión en orden a que las normas que lo regulan son de carácter excepcional y deben ser interpretadas por los jueces con severidad y cautela, siendo el principio dominante en la materia el de vitalidad y supervivencia de los procedimientos. Frente a la demanda de caducidad, la labor del juzgador e...
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El requerimiento de resolución de la apelante no situó a la causa en la hipótesis de no perentoriedad de la instancia por pendencia de una resolución legal, pues su objetivo y consecuencia natural fue el dictado del respectivo decreto de autos y a estudio (art. 377 C. de P.C.), el que dejaría si, luego de notificado en forma y de no mediar alguna otra contingencia como la adopción de medidas para ...
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El instituto de la perención atañe a la existencia misma del proceso, por lo tanto las normas que lo regulan son de carácter excepcional y deben ser interpretadas por los jueces con severidad y cautela siendo el principio dominante el de vitalidad y supervivencia de los procedimientos. Frente a la demanda de caducidad, la labor del juzgador es determinar si se ha consumido o no el lapso de tiempo ...
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Para conceptuarse como interruptiva de la caducidad, la actuación procesal debe estar teleológicamente dirigida al desenvolvimiento de la relación jurídico procesal; debe tender a la constitución, conservación, desenvolvimiento, modificación o disolución del vínculo procesal. Basta que los actos tengan la dirección apta para comunicar un adelanto al estado del juicio y la fuerza necesaria para obt...
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La pendencia de resolución que no es la definitiva u otra análoga no suspende el plazo de caducidad.
Por aplicación de la regla del art. 342 inc. 3 «el plazo de caducidad queda suspendido cuando la causa queda en estado de ser resuelta», desde que a partir de ese momento cesa para las partes la carga de impulsar la tramitación....
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El requerimiento de resolución de la apelante no sitúa a la causa en la hipótesis de no perentoriedad de la instancia por pendencia de una resolución legal, pues su objetivo y consecuencia natural fue el dictado del respectivo decreto de autos y a estudio (art. 377 C.P.C.C.) el que dejaría si luego de notificado en forma y de no mediar alguna otra contingencia, la causa en condiciones de ser resue...
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La interpretación del instituto de la perención de instancia es de carácter restrictivo, ya que se asienta sobre una renuncia tácita de derechos, en caso de duda debe estarse por la subsistencia de la instancia.
La norma del art. 340 C.P.C.C., habla de impulsar el procedimiento, de modo que para discernir si un acto procesal interrumpe el plazo de caducidad, es necesario que se encuentre transc...
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Aun cuando la ley procesal guarda silencio sobre el tema, el acto procesal irregular aunque puede ser nulo, con el objetivo de resguardar el derecho sometido a decisión jurisdiccional, interrumpe lo mismo la perención del mismo modo que la demanda interpuesta ante juez incompetente o nula por vicio de forma interrumpe la prescripción (art. 3986 C.C.).
La feria del mes julio no suspende el plaz...
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