I. Introducción. a. Concepto y naturaleza jurídica. b. Fundamento y finalidad. II. Criterios jurisprudenciales. a. Pena sobre la que debe examinarse la procedencia del instituto de la suspensión del juicio a prueba. b. Procedencia del instituto cuando el delito tiene prevista pena de inhabilitación. c. Carácter vinculante del dictamen fiscal en la suspensión del juicio a prueba. III. Conclusión....
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Las razones que fundamentan la incorporación de la suspensión del juicio a prueba al ordenamiento jurídico argentino se asientan, principalmente, en la necesidad de recurrir a alternativas sustitutivas de las reacciones penales más gravosas en los casos de delitos de menor gravedad (resocialización sin condena, ni declaración de culpabilidad) y en la pretensión de obviar el juzgamiento de los cas...
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Las razones dadas en el debate parlamentario para excluir los delitos reprimidos con pena de inhabilitación del beneficio de la suspensión del juicio a prueba o probation -arts. 76 bis, 76 ter y 76 quater C.P.-, tienen, como núcleo común, la preponderancia del interés general en neutralizar el riesgo de la continuidad de la actividad. Por ello se entendió que en los casos de homicidio o lesiones c...
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La enumeración de las reglas de conducta contenidas en el artículo 27 bis del Código Penal resulta meramente enunciativa. Es que, si la suspensión del juicio a prueba procura la resocialización del penalmente perseguido con evitación de la condena, es razonable aseverar como conveniente una interpretación de la norma del art. 27 bis CP que, como la "tesis del carácter no taxativo" de la ...
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Esta Sala ha sostenido que el consentimiento del fiscal resulta condición insoslayable para habilitar la suspensión del juicio a prueba, en función de lo dispuesto en el art. 76 bis, 4º párr., C.P., pero que para que su dictamen fiscal negativo vincule al juez en el trámite para la concesión de la suspensión del juicio a prueba, debe reunir determinadas condiciones....
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La denegatoria fiscal carente de debida fundamentación, configura un ejercicio arbitrario por parte del Ministerio Público, que autoriza a prescindir del mentado requisito legal. Y reviste tal característica, por ejemplo, si pretende apartarse de la doctrina sentada por el T.S.J....
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Esta sala se ha pronunciado reiteradamente por la viabilidad de la suspensión del juicio a prueba en delitos que contemplan pena de inhabilitación a partir de la doctrina sentada en ?Boudoux?, luego ampliada en ?Pérez?, entre muchos otros. En el primero de tales precedentes se señaló que las razones dadas en el debate parlamentario para excluir los delitos reprimidos con pena de inhabilitación del...
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El instituto de la probation tiene como finalidad, buscar un modo más equitativo de armonizar el conflicto, orientando su solución hacia un sistema no punitivo, con el mejor resguardo del interés de la víctima y buscando el eximente de pena para el acusado. Este propósito deja traslucir el cambio de paradigma de la justicia penal, que busca una opción a la...
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Frente a la especial clase de delito -abuso sexual con acceso carnal- prevalece el interés privado por sobre el público en la persecución penal, debido al particular bien jurídico protegido (art. 72 C.P.); es la víctima o su representante legal quien elige impulsar la investigación, derribando el obstáculo legal de la instancia. \nCon relació...
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Este tribunal se ha pronunciado reiteradamente por la viabilidad de la suspensión del juicio a prueba en delitos que contemplan pena de inhabilitación. Conforme con dicha doctrina, la suspensión del juicio a prueba resulta procedente en cualquier delito reprimido con inhabilitación, y no sólo ante los cometidos mediante automotores, en la medida en que el inter&e...
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