Enfocando la cuestión desde el seguro de vida, de no otorgar la Caja el subsidio en el porcentaje total a la hija de la afiliada, ante el fallecimiento del otro beneficiario designado en sobre cerrado, se estaría enriqueciendo indebidamente, en razón de que se trata de un derecho que el afiliado paga, razonamiento que se encuentra apoyado por el art. 145 de la ley de seguros 17.418. (Del voto de l...
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Tanto en sede administrativa cuanto en sede judicial, si es claramente expuesta la pretensión del actor y producida la prueba que -a su entender- juzgue necesaria para permitir un juicio acerca de la existencia de las condiciones fácticas que viabilizarían la concesión del beneficio solicitado en función de la hermenéutica legal propiciada por la Cámara y confirmada en esta instancia, la apreciac...
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Si se consideraban insuficientes las pruebas producidas, el Tribunal debe ejercer las facultades procesales reconocidas por el art. 325 C.P.C.C. -aplicable por remisión del art. 13 de la ley 7182 y en concordancia con los alcances de la acción de plena jurisdicción, art. 38 ib.- ordenando medidas para mejor proveer. En virtud de tal atribución es imperativo al Tribunal de juicio actuar según las s...
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El imperativo constitucional prescripto por el art. 155 Const. Pcial. de resolver las causas «con fundamentación lógica y legal», aconsejaba al tribunal de mérito a poner en acto la potestad conferida por el art. 325 del C.P.C.C., aplicable por remisión del art. 13 de la ley 7182 y así solicitar la ampliación de las diligencias probatorias -disponiendo la intervención del equipo técnico de asisten...
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Siendo que el debate se centra en torno del reconocimiento de un derecho previsional que la Ley Fundamental de la Nación y la Constitución de la Provincia han adjetivado como «irrenunciable» e «imprescriptible» (art. 14 bis C.N., art. 55 Const. Pcial. y art. 48 de la ley 8024), a lo que se suma que el actor ha incoado una acción contencioso-administrativa de plena jurisdicción (art. 1 inc. «c», l...
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Las leyes previsionales son de interpretación restrictiva; sin embargo, el derecho previsional contiene reglas, principios e instituciones cuya aplicación debe efectuarse tomando en consideración el carácter solidario y asistencial que lo inspira, por lo que la interpretación debe tender al avenimiento de la norma particular con el resto del ordenamiento jurídico previsional, cuidando que su aplic...
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Las leyes previsionales son de interpretación restrictiva; sin embargo, el derecho previsional contiene reglas, principios e instituciones cuya aplicación debe efectuarse tomando en consideración el carácter solidario y asistencial que lo inspira, por lo que la interpretación debe tender al avenimiento de la norma particular con el resto del ordenamiento jurídico previsional, cuidando que su aplic...
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La ley previsional aplicable es la vigente a la fecha del fallecimiento del causante.
Existiendo impedimento de ligamen en el causante, el derecho subjetivo al beneficio pensionario de la concubina está sujeto a la prueba de haber convivido pública y notoriamente con aquél durante un tiempo no menor de diez años, y hasta la fecha del fallecimiento del causante.
Esta exigencia legal no resulta i...
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Las juntas médicas constituyen verdaderos tribunales médicos, conformados por distintos profesionales de la medicina, con lo que están aseguradas las garantías de idoneidad, imparcialidad y recíproco contralor....
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Tratándose de aspectos de eminente apreciación técnica, las posibilidades de control del tribunal se encuentran restringidas, pero es posible admitir su revisión si se comprueba una errónea evaluación de los hechos a través de elementos probatorios técnicos, de superior valor respecto a su fuerza de convicción.
Por ejercer el tribunal una jurisdicción «revisora», su función es verificar la legali...
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