1. El responsable debe resarcir todo el daño que ha causado con su actuar ilícito. Ahora bien, como la reparación no tiene carácter de pena sino de indemnización, ésta no se cuantifica económicamente por la culpa sino por el daño sufrido por la víctima. Este principio denominado de la reparación integral o plena, está implícito en diversas disposiciones de nuestra ley común, como los arts. 1068, 1...
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1. En el supuesto que resultare dañado un vehículo que fue llevado a un lavadero en perfectas condiciones, poco interesa esclarecer si fue la hija o un dependiente del dueño del lavadero quien lo chocara en ocasión de sacarlo furtivamente “a dar una vuelta”, pues responde el titular del establecimiento a raíz de su negligencia en la vigilancia de las cosas que se le confían (art. 1113, primer párr...
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1. El titular del lavadero de automóviles responde por el uso indebido del rodado y su consecuente daño, a raíz de su negligencia en la vigilancia de las cosas que se le confían, conforme al art. 1113, 1er párr., 2º supuesto in fine del C.C..
2. Habiendo el actor atribuido al demandado ser el propietario del lavadero, la incontestación de la demanda creó, por aplicación del art. 166 del C. de P.C...
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1. Si bien la prueba pericial no es obligatoria para el juez, conforme lo establecido por el art. 294 del C. de P.C., apartarse de las conclusiones establecidas por el experto, exige aportar suficientes elementos de juicio que conduzcan a demostrar el error o desvío del perito con principios lógicos o máximas de experiencia, ya que la concordancia del dictamen pericial con las reglas de la sana cr...
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Una jurisprudencia pacífica y unánime entiende que si el actor no probó durante la tramitación de la causa algunos de los extremos de su pretensión, no es posible hacer remisión a la etapa de ejecución, ya que eso implica otorgar al actor una nueva etapa procesal. Esta posibilidad sólo es otorgable cuando se manifiesta una imposibilidad de hecho, lo que no ha ocurrido en estos autos. El Tribunal S...
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1. Si la acción ha sido una acción declarativa de certeza, susceptible de articularse en el juicio de daños, la sentencia principal se limita a constatar la existencia del daño en su entidad, con diferimiento para en otro procedimiento o en otro proceso, si se quiere, practicar la liquidación, haya o no bases establecidas.
2. El defecto legal o libelo oscuro es admisible en tanto y en cuanto se ...
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1. La circunstancia que en el presupuesto de reparaciones se consignen precios de repuestos, cuando el membrete de dicho papel sólo indica que el taller se dedica a chapa y pintura, no logra conmover lo apreciado por el magistrado inferior en la valoración que hace de él, ni de ello se puede inferir que dicho presupuesto fue extendido “de favor” para posibilitar al accionante demostrar el monto de...
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1. Conforme lo dispuesto por el art. 1056 C.C., la decisión jurisdiccional de invalidar el decreto de cesantía da nacimiento al derecho del actor a ser indemnizado integralmente por todo el daño sufrido con motivo de la medida ilegítima adoptada por la administración pública, tanto en lo que concierne al daño material como al daño moral.
2. La demanda por daños y perjuicios no está encaminada a ...
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1. Corresponde imponer a las demandadas -cónyuge e hija del causante- una condena en concepto de daño moral en razón de los malos ratos, intranquilidades, y lesión de orden espiritual que debió sufrir la actora -cónyuge de buena fe del posterior matrimonio anulado del causante- con motivo de los acontecimientos que se ventilaran en los sucesivos juicios con posterioridad a la muerte del causante. ...
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Si la demanda por incapacidad física quedó limitada al 30% de la T.O., en caso de acreditarse un daño mayor no puede ser ampliado el resarcimiento porque se cae en incongruencia (art. 349, C. C.).
2. En la demanda no se reclamó una indemnización en base a la remuneración percibida por la actora en su trabajo hasta el accidente, sino en razón de un parámetro de referencia. Por lo tanto, resulta ex...
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