Daños y perjuicios

Prueba pericial: valoración / Daños y perjuicios: clases / Daños materiales directos o indirectos. / Daño moral. Concepto y alcances. Daños morales directos e indirectos. Rotura de un caño de agua /

1. Si bien la prueba pericial no es obligatoria para el juez, conforme lo establecido por el art. 294 del C. de P.C., apartarse de las conclusiones establecidas por el experto, exige aportar suficientes elementos de juicio que conduzcan a demostrar el error o desvío del perito con principios lógicos o máximas de experiencia, ya que la concordancia del dictamen pericial con las reglas de la sana cr...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.,
Autos: Ramírez, Luis Héctor c/ D.I.P.A.S

Revista Nro: 34
Nro Página: 156

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase