Cuando los agravios patrimoniales y no patrimoniales tienen su raíz en la negligencia, imprudencia o ligereza con que ha procedido el denunciante o querellante, la responsabilidad derivaría entonces de la culpa stricto sensu y no de la intención calumniosa, de la falta de diligencia o cuidado al deducir la acusación y no del ánimo directo de producir daño....
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Aun admitiendo la existencia de los problemas personales por parte del demandado, lo que haría presumir un enfrentamiento con el actor, ello no lo eximía a aquél de ser cauto y mesurado a la hora de efectuar la denuncia penal. Admitir lo contrario sería abrir una puerta a múltiples denuncias que, no pudiendo probarse, se justificarían con el simple argumen...
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Los elementos que cualitativamente deben ser valorados por el juez a los fines de efectuar la regulación arancelaria, se encuentran previstos en el art. 36 de la ley 8226. Es decir, se debe tener en cuenta el valor, complejidad y eficacia de la defensa, monto del juicio, el éxito obtenido y el tiempo empleado en la solución del litigio....
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El incidente de redargución de falsedad constituye un obstáculo para la resolución de un pleito que se funda en un documento público, máxime cuando éste es un título que trae aparejada ejecución (art. 518 inc. 1 C.P.C.C.).\nCuando se está en presencia de un incidente como el contemplado por el art. 244 C.P.C.C. -redargu...
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El incidente de redargución de falsedad constituye un obstáculo para la resolución de un pleito que se funda en un documento público, máxime cuando éste es un título que trae aparejada ejecución (art. 518 inc. 1 C.P.C.C.).\nCuando se está en presencia de un incidente como el contemplado por el art. 244 C.P.C.C. -redargu...
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El plazo computable para la perención de instancia en una tercería ha comenzado a correr desde el decreto que dispuso ?a lo demás oportunamente, atento las constancias de autos principales?, aun cuando no otorgue trámite a la tercería, ya que la tercerista debió impulsar el procedimiento requiriendo que el tribunal se pronunciase respecto de las razones pr...
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La tercerista asumió la carga de impulsar procesalmente la causa para no ser sancionada mediante la caducidad de la instancia. Su inactividad frente a un decreto que dispone ?a lo demás oportunamente atento las constancias de los autos principales?, el cual no configura suspensión de plazo alguno, la hace cargar con la sanción procesal de la perención. Si no se c...
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La caducidad de la instancia se produce cuando existe un abandono voluntario de la pretensión deducida ante la jurisdicción y por tal motivo el plazo de aquella se suspende cuando existe una causa de envergadura que impide la prosecución del proceso. Así se encuentra contemplado en nuestra ley ritual, en el art. 340 C.P.C.C., normativa que delimita las causales de suspe...
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El alto cuerpo tiene sentado que las causales del art. 340 C.P.C.C. quedan configuradas cuando hechos o resoluciones ajenas a las partes colocan a éstas en una situación de impotencia para continuar impulsando el procedimiento (autos ?Maldonado, Julio c/ ITT Hartford Seguros de Vida S.A. - Ordinario?, 14/10/04, Sent N...
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La caducidad de la instancia es una medida de excepción, que opera con sentido restrictivo y que impone actuar con un criterio favorable a la continuación del proceso (del voto de la minoría, Dr. Griffi)....
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