La valoración que el juez hace de las pericias debe restringirse al control de las conclusiones desde la óptica de las reglas de la lógica y la experiencia común, ya que exigirle al magistrado una fundamentación que vaya más allá de estos criterios requeriría conocimientos de los que no se supone dotado\nSi las conclusiones de la pericia no l...
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En la alzada, no pueden plantearse cuestiones que no hayan sido introducidas en la oportunidad procesal idónea, ya que el ejercicio de la facultad recursiva no inaugura un nuevo juicio sino que instituye una instancia revisora de lo decidido por el primer juez. (art. 332 C.P.C.C). Por lo tanto, al no haberse impugnado la pericia en el momento procesal adecuado, ha precluido la posibilidad d...
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El desconocimiento insincero de la firma inserta en un instrumento privado no constituye una manifestación de la defensa en juicio. Dicha conducta encuadra en la figura del litigante malicioso, ya que nadie puede ignorar si la firma que se le exhibe pertenece a su puño o no. Por lo tanto, esta situación queda comprendida dentro de las disposiciones del art. 250 C.P.C.C y es pa...
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Las medidas cautelares tienen por finalidad asegurar la eficacia práctica de la sentencia que se dicte una vez concluida la sustanciación del proceso de que se trate. Por ese carácter, son provisorias, no causan estado y pueden ser sustituidas, modificadas o dejadas sin efecto cuando se modifican o desaparecen las circunstancias de hecho que justificaron su adopción.\nP...
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Está vedado al juez del recurso el tratamiento de aquellas cuestiones articuladas en el proceso que no se hayan hecho valer en primera instancia. \nLa cuestión relativa a la extemporaneidad de la interposición del incidente nulificatorio no propuesta al primer juez, determina la imposibilidad de su tratamiento ante la alzada, ya que la defensa introducida tardíamente im...
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La ley procesal ordena que el traslado de la demanda debe notificarse en el último domicilio constituido por la demandada en el expediente (art. 145, inc. 1, C.P.C.C.) y es el único válido y eficaz para todos los efectos del proceso.\nNinguna razón justifica la conducta procesal del actor que cursó la cédula de notificación sin las especificaciones ...
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La mera circunstancia de que el oficial notificador no haya cuestionado la falta de especificación de la dirección, no alcanza para conferir validez a la cédula, ya que no brinda la certeza en torno de que se haya practicado en el local identificado por la demandada. \nTeniendo en cuenta que la cédula ha sido recibida por una tercera persona, cuya vinculación con...
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La naturaleza de la pretensión de cumplimiento de contrato, al requerir el cobro del saldo de precio impago proveniente de un contrato de compraventa, no se modifica porque el pago del precio se haya pactado en cuotas, desde que se trata de la contraprestación debida por el comprador a la entrega de la cosa por el vendedor (arts. 1323, 1409, 1424 y concs. C.C.) quedando abarcada la c...
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La quejosa en autos ha omitido designar un controlador técnico para que demostrara los desaciertos o irregularidades en que supuestamente habría incurrido el perito oficial, indicara los errores en el método utilizado, destacara dónde reside el error y denunciara las leyes o técnicas que debieron seguirse y fueron omitidas o mal aplicadas. Omitida esa diligencia,...
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En materia de falsedad de firmas, la apreciación técnica de las grafías constituye una cuestión compleja, cuya ponderación escapa a la experiencia común, por lo que es imprescindible recurrir al dictamen de los peritos.\nAunque el magistrado no esté obligado a aceptar las conclusiones de los peritos, las que carecen de fuerza vinculante, en la pr&aa...
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