Ello surge evidente en tanto se advierte que se fija una pena o multa para el supuesto de incumplimiento de la obligación asumida a modo de prefijación de daños (arg. art. 652 C.C.).\r\nEste tipo de cláusula es poco común en el ámbito laboral en general y de este régimen en particular, pero en manera alguna se encuentra prohibida o imposibilitada de celebrarse, ya que en definitiva no afecta ni a ...
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Ello surge evidente en tanto se advierte que se fija una pena o multa para el supuesto de incumplimiento de la obligación asumida a modo de prefijación de daños (arg. art. 652 C.C.).\r\nEste tipo de cláusula es poco común en el ámbito laboral en general y de este régimen en particular, pero en manera alguna se encuentra prohibida o imposibilitada de celebrarse, ya que en definitiva no afecta ni a ...
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En concordancia con lo dispuesto al respecto por el Tribunal Superior de Justicia, que las diferencias de haberes deben ser claramente especificadas en la demanda, no basta con consignarse montos globales que no permiten colegir cómo se arriba a él. En autos, ni siquiera se explica en la planilla -que por naturaleza debe ser ?especificativa? de rubros y montos- cuál era la remuneración adeudada y ...
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Cuando la prueba pericial reviste el carácter de común, no procede que una de las partes acuse negligencia a la otra, pues la carga de urgirla corresponde tanto a la actora como a la demandada, sin que valga a esos efectos el desistimiento (tácito en este caso) formulado por la demandada en la misma fecha en que acusó negligencia de esa prueba, ya que no se había hecho saber a la contraria esa cir...
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Al no negar concretamente la prestación de servicios, funciona la presunción de la existencia de esa relación laboral entre las partes, excepto que el empleador demuestre que por las circunstancias, las relaciones o las causas, o bien porque el trabajador es un empresario (arg. art. 23 R.C.T.) dicha presunción se vuelva inoperativa.\r\nLa existencia de una relación de amistad, no constituye ningún...
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Al no constar en autos acto administrativo alguno que pueda hacer surgir la competencia del fuero contencioso-administrativo, porque en orden a que la Municipalidad de Córdoba se ha limitado a tomar razón del argumento expresado por la propietaria y nada dice acerca de la rectificación de titularidad dominial que se demanda porque no le ha sido propuesto, resulta desacertada la remisión dispuesta ...
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Quien se siente perjudicado por un embargo trabado sobre sus bienes tiene la opción de recurrir al procedimiento del art. 441 del C.P.C.C., trámite sumario, limitado a una vista a la contraria y sin apertura a prueba, o iniciar la tercería de dominio.\r\nSi se optó por el trámite más reducido, era obligación del peticionante demostrar la posesión in continenti de los bienes, debiendo el peticionan...
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