Resultados

26 May 2003

Responsabilidad civil

Bondulich, Carlos Francisco c/ Vicente Ciuffolini y/ o Antonio Subirachs y/ o Instituto Médico Río Cuarto y/o quien resulte responsable Responsabilidad civil
Relación de causalidad /
Tribubal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

Si la lesión pudo ocurrir sin que exista intervención médica alguna, obviamente puede concluirse en que no se trata de un resultado anómalo, extraordinario, que no acostumbra a ocurrir de acuerdo con el acontecer habitual, por lo que no cabe presumir la negligencia del medico....

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26 May 2003

Responsabilidad civil

Bondulich, Carlos F. c/ Vicente Ciuffolini y/o Antonio Subirachs y/o Instituto Médico Río Cuarto y/o quien resulte responsable Responsabilidad civil
Responsabilidad de los médicos / Factor de atribución / Carga dinámica de la prueba /
Tribubal: Cámara 1ª C., C., de Flia. y Cont. Adm. de Río Cuarto

\r\nRespecto del factor de atribución de responsabilidad -subjetivo, tratándose de una obligación de medio- el deber de acreditar se pone en cabeza del médico, en función de la carga dinámica de la prueba.\r\nAl profesional le basta con probar que no hubo culpa de su parte en razón de haber procedido diligentemente, conforme con las reglas del arte de curar y a alternativas científicamente aceptad...

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26 May 2003

Responsabilidad civil

Bondulich, Carlos F. c/ Vicente Ciuffolini y/o Antonio Subirachs y/o Instituto Médico Río Cuarto y/o quien resulte responsable Responsabilidad civil
Dictamen pericial / Inexistencia del nexo causal: efectos /
Tribubal: Cámara 1ª C., C., del Trab. y Cont. Adm. de Río Cuarto

Acreditada por medio de pericia, la inexistencia de nexo causal entre la lesión sufrida y las intervenciones quirúrgicas realizadas por los médicos, aun impugnado dicho informe, deja de existir uno de los presupuestos de la responsabilidad civil por daños....

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Responsabilidad de los médicos / Obligación de medios / Obrar culposo: prueba /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

La actividad médica compromete una obligación de medios y no de resultados (art. 20 ley 17.312). La medicina es un arte de naturaleza conjetural. Por ello y para que la responsabilidad profesional sea imputable al médico interviniente, no resulta necesario que de su actuación exista culpa grave, bas-tando solamente que se muestre que la culpa existe, y que media relación de causalidad entre tal co...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Relación de causalidad con el daño / Apreciación de la culpa médica / Alea en la ciencia médica /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

El médico tiene la obligación de poner al servicio del paciente todos sus conocimientos científicos, y brindar la asistencia profesional que la enfermedad requiere, sin olvidar que en medicina existen también las limitaciones que escapan a todos los cálculos, un álea que siempre existe y que restringe el tema relativo a la responsabilidad que le compete al médico, de lo que se infiere que la sola ...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Actuar prudente del médico /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

El daño que esgrime el actor no es producido por un descuido, o negligencia del médico, como surge de la pericia oficial. Al profesional interviniente no se le debe exigir una diligencia extrema en su actuar, sino la denominada común y responsable para el acto que va a producir. Si bien la intervención realizada no significaba una operación inédita o de alta complejidad, requería de cuidados, como...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Culpa profesional: configuración /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

No hay grados de culpa, sino una distinta integración de la diligencia profesional en atención a las circunstancias involucradas. La culpa del profesional es la culpa común o corriente que surge en su esencia, de los arts. 512, 902 y 909 C.C.. El tipo de conducta para su comparación será el de aquel profesional diligente, prudente, que condiga con la categoría en la cual deba encuadrarse la conduc...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Subsistencia de secuelas / Actividad médica adecuada: efectos /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

La actividad profesional de los que intervinieron en la lesión del actor, no resultó ser inapropiada para el tratamiento y curación de lo que requería para solucionar el daño que padecía a consecuencia de la fractura. De la pericia se lee que a conse-cuencia del tipo de fractura y la edad del paciente, no siempre el restablecimiento del miembro fracturado a su estado originario es el deseado, con ...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Existencia de aleas /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

No cabe concluir que la culpa médica debe apreciarse en general y para todos los médicos en forma estricta. Presuponer la culpa del médico o atribuirle alguna suerte de responsabilidad objetiva (esto es, hacerle responder como consecuencia de su función profesional) sin consideración alguna de si ese actuar fue correcto por plena y absoluta adaptación a los medios de curación posibles a emplear...

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24 Mar 2003

Responsabilidad civil

García Na-varrete, Eliseo c/ Municipalidad de Cór-doba - Hospital de Urgencias y otros - Ordinario Responsabilidad civil
Existencia de culpa / Configuración /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

Existe culpa cuando un resultado objetivamente previsible no se ha previsto o no se ha evitado, porque el sujeto actuó con descuido o sin la debida prudencia. La culpa puede definirse: a) Negati-vamente, por la falta de voluntad de dañar; se diferencia del dolo porque en la culpa el resultado no es querido por el sujeto, ni éste desprecia su producción. b) Positivamente, por la imprevisión de un ...

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