La prueba sobre la existencia del hecho y las circunstancias que permiten inferir el riesgo procesal son condiciones que deben concurrir simultáneamente para la justificación de la coerción, debiendo la fundamentación del pronunciamiento que dispone la medida, proyectarse en forma autónoma con relación a cada uno de ellos....
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La prueba sobre la existencia del hecho y las circunstancias que permiten inferir el riesgo procesal son condiciones que deben concurrir simultáneamente para la justificación de la coerción, debiendo la fundamentación del pronunciamiento que dispone la medida, proyectarse en forma autónoma con relación a cada uno de ellos.
Por peligrosidad procesal debe entenderse el riesgo que la libertad del ...
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Respecto del supuesto contenido en la norma constitucional bajo examen que alude a «omisión», cabe advertir que para que ésta se configure requiere la preexistencia de una obligación legal en cabeza del sujeto pasivo de la pretensión, cuya desobediencia produzca una lesión a un derecho consagrado constitucionalmente.
En la medida en que la omisión siempre va a estar en oposición con una expresa...
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ditti).\nEl hecho de que la Caja de Abogados no es una obra social, ni forma parte del seguro nacional de salud, constituye una valla infranqueable para la aplicación del plexo legal que regula estas entidades. (Del voto en mayoría de los Dres. Rubio y Tarditti).\nLa normativa vigente para las obras sociales no puede extenderse por analogía a entidades ajenas al sistema de seg...
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ditti).\nEl hecho de que la Caja de Abogados no es una obra social, ni forma parte del seguro nacional de salud, constituye una valla infranqueable para la aplicación del plexo legal que regula estas entidades. (Del voto en mayoría de los Dres. Rubio y Tarditti).\nLa normativa vigente para las obras sociales no puede extenderse por analogía a entidades ajenas al sistema de seg...
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ditti).\nEl hecho de que la Caja de Abogados no es una obra social, ni forma parte del seguro nacional de salud, constituye una valla infranqueable para la aplicación del plexo legal que regula estas entidades. (Del voto en mayoría de los Dres. Rubio y Tarditti).\nLa normativa vigente para las obras sociales no puede extenderse por analogía a entidades ajenas al sistema de seg...
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La multa por retención de expediente prevista en el art. 74 C.P.C.C. constituye una sanción procesal que penaliza un proceder transgresor del cuadro de conductas típicas que gobierna el imperativo deontológico del ejercicio de la abogacía como es el deber de probidad. Aunque el comportamiento previsto en el art. 74 C.P.C.C. lesione el interés del litigante afectado, la verdadera causa de la san...
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La multa por retención de expediente prevista en el art. 74 C.P.C.C. constituye una sanción procesal que penaliza un proceder transgresor del cuadro de conductas típicas que gobierna el imperativo deontológico del ejercicio de la abogacía como es el deber de probidad.\nAunque el comportamiento previsto en el art. 74 C.P.C.C. lesione el interés del litig...
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La multa por retención de expediente prevista en el art. 74 C.P.C.C. constituye una sanción procesal que penaliza un proceder transgresor del cuadro de conductas típicas que gobierna el imperativo deontológico del ejercicio de la abogacía como es el deber de probidad.\nAunque el comportamiento previsto en el art. 74 C.P.C.C. lesione el interés del litig...
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La multa por retención de expediente prevista en el art. 74 C.P.C.C. constituye una sanción procesal que penaliza un proceder transgresor del cuadro de conductas típicas que gobierna el imperativo deontológico del ejercicio de la abogacía como es el deber de probidad.\nAunque el comportamiento previsto en el art. 74 C.P.C.C. lesione el interés del litig...
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