Recurso extraordinario
Banco Ctral. de la Rep. Argentina en Centro Financiero S.A. Cía. Financiera Recurso extraordinarioRequisitos /
Tribubal: C.S.J.N.
El recurso ante la Corte no cumple con el requisito de la fundamentación autónoma que requiere el art. 15 de la ley 48 cuando no rebate, mediante una adecuada y prolija crítica, los fundamentos del fallo y sólo traduce discrepancias con el criterio del juzgador. (Del dictamen del procurador general de la Nación al que se remiten los Dres. Nazareno, Fayt y Petracchi). Los recursos extraordinario...
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