Medida cautelar
Bergerot, Ana María y otro c/ Salta, Provincia de y otro s/ incidente de ejecución de sentencia Medida cautelarTribubal: C.S.J.N.
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Ver másLa Provincia de San Luis promovió demanda contra el Estado Nacional a fin de que se declare la inconstitucionalidad del art. 76 de la ley 26.078 de Presupuesto para el año 2006. Se cuestionó la prórroga unilateral de la detracción del 15% de la masa coparticipable con destino a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), establecida originalmente en el Acuerdo Federal del 12 de agos...
Ver másLa causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en atención a los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional....
Ver másLa actividad de la demandada importa el ejercicio pleno y regular de la libertad de expresión constitucionalmente protegida y que, conforme a las características propias de internet, resulta razonable admitir que los motores de búsqueda -que carecen de control sobre el contenido proveniente de un tercero potencialmente dañoso y, por lo tanto, de evitar la consumación de un perjuicio derivado de ...
Ver másDe todos modos, y más allá de lo dicho anteriormente, aun cuando –por hipótesis– pudiese considerarse que un buscador “capta”, “reproduce” o “pone en el comercio” de algún modo la imagen de la actora, tampoco podría afirmarse la responsabilidad de la demandada si la actora consintió que su imagen fuera puesta a disposición de los usuarios de Internet (ampliación de fundamentos del Dr. Rosenkrantz)...
Ver másQue con arreglo a lo que antecede, y dado que es función de esta Corte proteger los derechos humanos, estableciendo criterios que trascienden el caso, cabe recordar que estos principios, en modo alguno afectan la libertad de expresión, sino que, por el contrario, implican reconocer el ámbito de la inviolabilidad de la persona humana, el cual se vería seriamente amenazado frente al funcionamiento d...
Ver másAunque los argumentos del remedio federal remiten al examen de cuestiones de derecho común que, en principio, no son susceptibles de revisión por la vía prevista en el artículo 14 de la ley 48, cabe hacer excepción a tal premisa cuando, como aquí acontece, la sentencia apelada se apoya en meras consideraciones dogmáticas y prescinde de dar un tratamiento adecuado a la controversia de conformidad c...
Ver másLa queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito exigido por el artículo 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 (en disidencia Dr. Rosenkrantz y Dr. Rossati)....
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