Poder de policia municipal

Zacarías, Claudio H. c/ Córdoba, Provincia de y otros s/ sumario -Originario Poder de policia municipal
Diferencia con la policía de seguridad /
Tribubal: C.S.J.N.

La policía de seguridad, en lo que concierne al orden público y respecto de las personas, no es comunal. El poder de policía comunal referente a los espectáculos públicos finca únicamente en razones de moralidad pública y, por ende, no involucra a la policía de seguridad, sino solamente -en cuanto a las personas- la policía de seguridad edilicia. Si la policía provincial dispuso medidas de segu...

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