El art. 44, 1er. párr. del ordenamiento penal sustantivo al decir «se disminuirá de un tercio a la mitad», gramaticalmente quiere significar que se «disminuirá desde un tercio hasta la mitad», lo que pone de manifiesto que al mínimo del delito se lo reduce un tercio, quedando un mínimo de dos tercios para la tentativa y al máximo se lo reduce a la mitad, siendo ese el máximo de la pena de la tenta...
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Si bajo la vigencia de una ley el particular ha cumplido todos los actos y condiciones sustanciales y requisitos formales previstos en esa ley para ser titular de un determinado derecho, debe considerarse que hay derecho adquirido aunque falte declaración formal de una sentencia o de un acto administrativo, pues éstos sólo agregan el reconocimiento de ese derecho o el apoyo de la fuerza coactiva n...
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El art. 50 inc. f, ley 8024, de conformidad con la opción ejercida por el art. 70, 2º párr. ib., permite al afiliado que acreditare los requisitos exigidos, obtener un haber jubilatorio en proporción a la remuneración actualizada correspondiente al cargo de mayor jerarquía desempeñado con anterioridad en la administración pública provincial o municipal durante dos años seguidos o cinco años altern...
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Una vez declarada abierta la competencia por la vía del motivo sustancial de casación, este tribunal tiene la potestad para brindar la solución jurídica adecuada del caso bajo examen, aun valiéndose de argumentos distintos de los esgrimidos por el sentenciante, siempre que deje incólumes los hechos fijados por el tribunal a quo en la sentencia de mérito y no se viole la prohibición de la reformati...
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Cabe al demandado probar que el cónyuge supérstite separado de hecho no recibía alimentos de la víctima, vale decir no es que en la hipótesis de la separación de hecho deje de funcionar la presunción legal de daño, sino que en ésa como en cualquier otra situación, el demandado puede desvirtuar la presunción legal comprobando la inexistencia de daño para eximirse de responsabilidad.
Si bien la act...
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El plazo del art. 51 C.P. no modifica el régimen de reincidencia que tiene su específico régimen de prescripción ante el cual cede pero prevalece ante la regla del art. 52 C.P. que no depende de plazos sino de cantidad de antecedentes cuya prueba «queda subordinada a la no caducidad de los registros de las respectivas sentencias condenatorias», con arreglo al principio de que la interpretación de ...
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Si los plazos de caducidad del art. 51 y los de prescripción del art. 50 se computaran simultáneamente, la primera resultaría una disposición inoperante o redundante, toda vez que establece un término de 10 años que supera al mínimo de la segunda regla y es igual al máximo, evidenciándose así un resultado absurdo, como lo es una disposición legal siempre inaplicable por alguna de las razones apunt...
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El inc. 2 del art. 51 C.P. establece que el registro de sentencias condenatorias caducará a todos sus efectos, después de transcurridos diez años desde su extinción para las condenas a penas privativas de la libertad de cumplimiento efectivo (art. 51, inc. 1, a contrario, C.P.). La extinción de la pena privativa de libertad se produce por su cumplimiento, la prescripción (art. 65 C.P.) el indulto ...
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La exigencia legal de una debida fundamentación satisface el principio de razón suficiente si los elementos en los que se basan las conclusiones sólo pueden dar fundamento a ellas o, expresado de otro modo, que ellas deriven necesariamente de los elementos invocados en su sustento....
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Acerca de la congruencia que debe mediar entre la instancia de constitución en parte civil y la demanda luego concretada en la discusión final, se ha dicho que en nuestra organización procesal, la instancia de constitución en parte civil exige la individualización del corpus del daño, bajo pena de inadmisibilidad y será en el debate y al momento de emitir sus conclusiones, cuando se completará la ...
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