Recurso de casación

Jubilación / Servicios reconocidos / Cómputo del mejor cargo /

El art. 50 inc. f, ley 8024, de conformidad con la opción ejercida por el art. 70, 2º párr. ib., permite al afiliado que acreditare los requisitos exigidos, obtener un haber jubilatorio en proporción a la remuneración actualizada correspondiente al cargo de mayor jerarquía desempeñado con anterioridad en la administración pública provincial o municipal durante dos años seguidos o cinco años altern...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Montero, Guillermo Heriberto c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba

Revista Nro: 88
Nro Página: 250

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase