Para establecer la base regulatoria debe prescindirse del concepto de “liquidación” en los términos que establece el art. 564 C.P.C.C., la cual incluye el capital y los intereses mandados a pagar juntamente con los honorarios y gastos devengados en el pleito. Resulta incomprensible que para determinar la base y el encuadre del caso dentro de la excepción del art. 36 in fine, ley 9459, haya que rea...
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En una pretensión de resolución de contrato de compraventa por defecto del producto, el extremo del mal funcionamiento resulta corroborado con la propia conducta de la demandada, en el ámbito de la buena fe contractual (arg. art. 1198 C.C.), si ante los sucesivos reclamos en procura del arreglo de los desperfectos que presentaba el equipo, termina ofreciendo la “recompra del producto”. Tal acto po...
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Los honorarios son de propiedad exclusiva del profesional que los devengó (art. 5º ley 9459). Siendo un crédito cesible (art. 1444 C.C.), rige la máxima del art. 3270 C.C., respecto a que nadie puede transferir a otro un derecho mayor al que le es propio.
Respecto de prestaciones de servicios y locaciones de obra y servicios, el nacimiento del hecho imponible se perfecciona cuando en el momento...
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Si se trata de un contrato bancario, en el que la entidad financiera es proveedora del servicio y la actora es persona física que utiliza tal servicio para su consumo o de su grupo familiar, es dable afirmar que se trata de una relación de consumo.
Habiéndose sustituido el sistema de retiro de dinero con el cajero “humano” por el de los cajeros “automáticos”, la entidad debe otorgar al cliente ...
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No obstante tratarse de responsabilidad contractual respecto de la cual es restringida la posibilidad del reclamo del daño moral con asiento en el texto del art. 522 C.C., en el caso es procedente, atento a que se produjo una modificación disvaliosa del espíritu de la actora, al pretender retirar la suma que estimaba existía en su caja de ahorro y encontrarse con que ésta había sido extraída por t...
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El incidente de nulidad debe ser promovido dentro de los cinco días de conocido el acto viciado, y transcurrido dicho plazo se entenderá que ha sido consentido por la parte interesada en la declaración de nulidad. Ello quiere decir que los actos viciados, o supuestamente viciados, se consolidan si no se los ataca en tiempo hábil, pues precluye el derecho de solicitar la invalidez.
El plazo p...
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En ciertos casos la irrecurribilidad contenida en el art. 779 C.P.C.C. puede conducir al demandado perdidoso a ver definitivamente caído su derecho, con restricción a la garantía de defensa que el trámite de “despojo” implica, causando gravamen irreparable en la medida en que el supuesto error que se le endilga a la sentencia puede estar impidiéndole la posibilidad de obtener la corrección en un j...
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La ley procesal es clara y contundente al establecer en el art. 779 C.P.C.C. que “contra las sentencias que se dicten en los juicios de despojo no procederá recurso alguno”, en un perfecto pie de igualdad para ambas partes (ninguna puede recurrir) por lo que no existe violación alguna en ese sentido (art. 16 C.N.). Así las cosas, cualquiera sea el criterio u opinión que se tenga sobre el particula...
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El art. 20 bis del Código Tributario Provincial (ley 6006, t.o. 2004, modificado por ley 9874), no señala la obligatoriedad de adjuntar simultáneamente la declaración jurada a la petición, y es un hecho notorio que la Mesa de Entradas de Capital no recibe documentación de ningún tipo, debiendo limitarse el litigante a presentar ante la misma la demanda desprovista de todo tipo de complementos, tal...
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Para la concesión del recurso de apelación en el desalojo es presupuesto necesario del art. 758 C.P.C.C., que exista efectivamente una obligación “incontrovertida” de pagar alquileres. Así lo sugiere su propio texto, cuando alude a las “rentas o alquileres vencidos” o los que “con arreglo al contrato, deba pagar por adelantado”. Se descarta el recaudo de la acreditación del pago o de la consignaci...
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