Incidente de nulidad

Plazo para su promoción / Cómputo /

El incidente de nulidad debe ser promovido dentro de los cinco días de conocido el acto viciado, y transcurrido dicho plazo se entenderá que ha sido consentido por la parte interesada en la declaración de nulidad. Ello quiere decir que los actos viciados, o supuestamente viciados, se consolidan si no se los ataca en tiempo hábil, pues precluye el derecho de solicitar la invalidez. El plazo p...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C.
Autos: Amato, Vicente Miguel Humberto c/ Pallotti, Daniel Armando y O.

Revista Nro: 170
Nro Página: 278

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase