La acción divisoria es real, por lo que sólo revisten carácter de condóminos quienes resulten ser titulares de dicho derecho real, perfectamente establecido y probado, es decir, quienes ostenten el carácter de poseedores....
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En el caso de compra por subasta judicial, la posesión real y efectiva no puede juzgarse materializada sino luego de cumplida la decisión judicial que disponga la posesión real y efectiva, como epílogo de una subasta completa y perfecta.
No encontrándose acreditada la puesta en posesión del porcentaje del inmueble adquirido en remate, deviene jurídico y legalmente imposible vincular al sujeto a u...
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En el caso de compra por subasta judicial, la posesión real y efectiva no puede juzgarse materializada sino luego de cumplida la decisión judicial que disponga la posesión real y efectiva, como epílogo de una subasta completa y perfecta.
No encontrándose acreditada la puesta en posesión del porcentaje del inmueble adquirido en remate, deviene jurídico y legalmente imposible vincular al sujeto a u...
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El pago no se estimará íntegro sino pagándose todos los intereses con el capital, en virtud de que los intereses son un accesorio del capital, forman junto con éste una deuda única. En consecuencia, sólo se paga íntegramente cuando se abona el capital y la totalidad de los intereses devengados y exigibles. (art. 744 C.C.)....
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Sin desconocer la corriente doctrinaria y jurisprudencial que sostiene que una mínima diferencia es suficiente para el rechazo de la consignación, tales criterios, sin embargo, importan un rigor ritual excesivo y permiten un ejercicio abusivo del derecho del acreedor, agraviante al principio de la buena fe. Una diferencia mínima revela un error material, por lo que la oposición del demandado (acre...
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El art. 759 C.C. establece que la consignación hecha por depósito judicial, que no fuese impugnada por el acreedor, surte todos los efectos del verdadero pago. Si fuese impugnada por no tener las condiciones debidas, surte los efectos del pago desde el día de la sentencia que la declare tal; en consecuencia, al haber el acreedor impugnado el pago al tiempo de contestar la excepción de pago, corres...
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Si los acreedores aprobaron un sistema de limitación específico al régimen de administración de la concursada, que libera de la inhibición a la flota de automotores al solo efecto del reemplazo de dichas unidades por otras similares, y siempre con oportuna comunicación al tribunal sobre la operatoria realizada, es éste y no el régimen general previsto en los arts. 16 y 17 L.C.Q., el que debe regir...
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El pago del 1% correspondiente al aporte de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Abogados y Procuradores debe efectivizarse haciendo jugar el activo prudencialmente estimado por el juez, pero con el límite del segundo párrafo del art. 266 de la ley 24.522, o lo que es lo mismo con el tope del 4% del pasivo verificado. El pago del aporte en la forma preestablecida no puede reputarse confiscator...
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El hecho de que el legislador haya efectuado categorías de procesos distin-guiendo aquéllos de monto indeterminado al momento de su promoción (concursos y sucesorios) de otros en que no concurre esta circunstancia, brindando tratamiento igualitario a cada categoría de procesos, aunque desiguales entre ellas, no es violatorio de la igualdad ante la ley pues la garantía constitucional exige tratamie...
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La cuestión de si una resolución es o no arreglada a derecho sólo puede ser resuelta conforme al derecho que la ha fundado. La ley aplicable es la vigente en el momento en que se constituye o perfecciona la relación jurídica que aquélla va a regir, y la que el juzgador debe imperativamente observar a los efectos de dotar de validez formal y sustancial a su pronunciamiento.
El mandato constitucion...
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