Un acta notarial es la relación fehaciente que extiende el notario de uno o más hechos que presencia o autoriza. Cuando se labra con intervención de oficial público idóneo y competente, tiene valor de instrumento público y, consecuentemente, hace plena fe de la existencia material de los hechos allí registrados, salvo redargución y prueba de su falsedad (art. 993 C.C.).
No existe norma alguna que...
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Si en determinada fecha el locatario hizo saber que abandonaría el uso del inmueble y veinte días después insistió en que ello ya había sucedido en tal oportunidad, era a cargo de la locadora esclarecer la veracidad o no de tal circunstancia, al efecto de determinar si el ofrecimiento de las llaves era pura alegación retórica, no concretada en los hechos. No habiendo llevado a cabo ese recaudo y a...
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El art. 96 C.P.C.C. contempla el supuesto en que el poder ha sido otorgado en favor de un solo profesional, pues entonces la renuncia al mandato por éste dejaría a la parte sin representación, con lesión a su derecho de defensa en el juicio. Este gravamen no concurre en caso de representación plural e indistinta. La citada norma supone que el apoderado renunciante sea el único representante de la ...
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El derecho a la jurisdicción no se suspende durante la emergencia por ser inherente al Estado de derecho. Lo contrario implicaría que la declaración de emergencia económica declarada por el poder político argentino, tendría un efecto mayor que la declaración del Estado de sitio, que no suspende el derecho a la propiedad ni los medios jurisdiccionales para su protección. (Del voto de la mayoría, Dr...
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Las costas se distribuyen por el orden causado, ya que cuando median vencimientos mutuos, no cabe atenerse a una estricta proporcionalidad de ellos si, según se verifica, hay sobrados motivos para inferir que ambas partes han obrado con malicia o al menos con temeridad. (Del voto de la Dra. Zavala de González, al que adhieren los Dres. Napolitano y Flores)....
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La teoría de los actos propios le impide a la parte hacer valer una pretensión que es contradictoria con su anterior conducta jurídicamente relevante de conformidad con la ley específica de aplicación. Se atentaría gravemente el principio de buena fe con que deben celebrarse y ejecutarse los contratos si se admitiera judicialmente un derecho o facultad jurídica incompatible con el sentido que la b...
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La nueva normativa que sustituye el art. 4º de la ley 8067, suprimiendo la posibilidad de renunciar a la inejecutabilidad de la vivienda única, no obstante a que en su art. 3º se dispone la aplicación a todos los juicios y procesos en curso de tramitación, no es aplicable, por cuanto vulnera groseramente el derecho de propiedad del demandante, entendido como todos los intereses apreciables que una...
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La validez y efecto de los contratos se rigen exclusivamente por la ley bajo cuyo imperio se han celebrado, sin que las leyes posteriores puedan afectar los derechos que derivan de ellos. El principio de aplicación inmediata de la ley encuentra su límite en el principio de irretroactividad, que veda aplicar nuevas leyes a situaciones o relaciones jurídicas ya constituidas o a efectos ya producidos...
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Debe reputarse que prestada la garantía y según lo dispuesto por el art. 1198 C.C., el fiador debió tener en vista el contenido y alcance de sus obligaciones contraídas en el contrato y por el período temporal por el cual la prestó. Conforme al contrato de locación se ofreció en garantía la propiedad inscripta, surgiendo que el inmueble es de su propiedad, habiendo sido firmado dicho contrato por ...
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La ley 8067, art. 4º, otorga la posibilidad de renunciar al derecho de la inembargabilidad de la vivienda única para evitar un perjuicio a los acreedores y facilitar la realización de ciertas operaciones contractuales, lo que se concreta con la manifestación por escrito del deudor con referencia concreta al crédito o acto jurídico en favor del cual se renuncia al derecho que la ley le acuerda....
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