El artículo 241 de la LCT, en lo que interesa, prevé que “Las partes, por mutuo acuerdo, podrán extinguir el contrato de trabajo. El acto deberá formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o administrativa del trabajo. Será nulo y sin valor el acto que se celebre sin la presencia personal del trabajador y los requisitos consignados precedentemente”.
El trabajador en forma...
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Lo resuelto en la sentencia guarda nexo directo e inmediato con las garantías constitucionales que se invocan como vulneradas (art. 15 ley 48), por lo que corresponde su descalificación como acto jurisdiccional en los términos de la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad, sin que ello implique abrir juicio sobre la decisión que en definitiva corresponda adoptar.
Los agravios alegados suscitan...
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El planteo de la apelante respecto del monto de la indemnización suscita cuestión federal bastante para su consideración por la vía intentada pues, si bien es cierto que los criterios para fijar el resarcimiento de los daños remiten al examen de una cuestión de hecho y derecho común, la tacha de arbitrariedad resulta procedente cuando la solución no se encuentra debidamente fundada (Fallos 312:287...
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A los fines de fijar el resarcimiento, sólo han sido valoradas las variables grado de incapacidad e ingreso del trabajador. Sin desmerecer la relevancia de esos factores a los fines indemnizatorios, es preciso observar que existen otros que tiene también decisiva incidencia, entre ellos, las circunstancias personales del damnificado, la gravedad de las secuelas y los efectos que éstas pueden tener...
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Si bien los agravios remiten a cuestiones de hecho y prueba de derecho procesal, ajenas por su naturaleza, al recurso extraordinario; ello no impide la apertura del remedio cuando la fundamentación de la apelación se ha efectuado con un injustificado rigor formal, y, a través de afirmaciones dogmáticas, el tribunal ha omitido el tratamiento de temas propuestos y conducentes para la adecuada soluci...
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La caducidad de instancia, debe ser interpretada de manera restrictiva, y al fijar el alcance de las normas que regulan los beneficios de índole alimentaria, los tribunales deben proceder con extrema cautela a fin de lograr una aplicación razonada y prudente de aquéllas y evitar el riesgo de caer en un excesivo ritualismo contrario al derecho de defensa en juicio.
Al tratarse de créditos de conte...
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El control de razonabilidad debe realizarse siempre teniendo presente que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad que debe ser considerada ultima ratio del orden jurídico, máxime en supuestos donde las decisiones enjuiciadas corresponden al ámbito de funciones privativas de los otros poderes del Estado, con amplio margen para definir las medidas que estimen más oportunas...
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Reconocer el carácter de privilegiado a un crédito implica otorgarle el derecho de ser pagado con preferencia a otro, y que tal calidad solo puede surgir de la ley. Asimismo, los privilegios, en tanto constituyen una excepción al principio de la par conditio creditorum –como derivación de la garantía de igualdad protegida por la Constitución Nacional– deben ser interpretados restrictivamente, pues...
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La Corte, en la causa «Pinturas y Revestimientos aplicados S.A.», destacó que el régimen de privilegios previsto en la ley 24.522 debe ser integrado con las disposiciones previstas en los instrumentos internacionales que fueron incorporados a nuestro sistema jurídico con rango superior a las leyes.
La vida es el primer derecho de la persona humana reconocido y protegido por la Ley Fundamental y, ...
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La pretensión debe ser analizada bajo el prisma de los derechos de los niños y de las personas con discapacidad consagrados en los instrumentos de esa naturaleza, desde que no puede negarse que la indemnización que fue verificada en el marco de este proceso falencial tiene por único objeto satisfacer específicamente los derechos de un niño, discapacitado y en una situación de máxima vulnerabilid...
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