\r\nLa valoración de las opiniones periciales debe restringirse al control de sus conclusiones desde la óptica de las reglas que gobiernan el pensamiento.\r\nEl dictamen pericial emana de personas idóneas a ese fin, con conocimiento en la materia y habilitadas para ejercer la tarea encomendada. Por lo tanto, la conclusión a la que ellos arriban no puede ser desconocida por la juzgadora sin acudir ...
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\r\nLa finalidad de la indemnización estipulada por el art. 212, 4º párr. L.C.T. es resarcir la extinción contractual por imposibilidad de su subsistencia en razón de la incapacidad absoluta y permanente el trabajador. De tal modo, no resulta acumulable con otras indemnizaciones previstas para los supuestos de desvinculación originada en distintos motivos legales, porque el contrato de trabajo se ...
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\r\nLa determinación del monto de las astreintes es discrecional para el juzgador debiendo considerar la capacidad económica del deudor, tal como lo dispone el art. 666 bis y por lo tanto, irrrevisable por la vía utilizada....
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\r\nSe sostuvo, siguiendo a la C.S.J.N. que el art. 124 C.P.C.N. (semejante a nuestro art. 17 C.P.T.) interrumpe el curso de la prescripción pues esta norma no debe reputarse como un intento de modificar las leyes de fondo que fijan plazos para el ejercicio de un derecho, sino como un modo de regular situaciones en las que el recurrente se ve imposibilitado de utilizar todo el tiempo apto del que ...
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\r\nPor efecto de la cosa juzgada, una vez firme una resolución judicial -al haber precluido la oportunidad de atacarla por vía recursiva- se vuelve inexpugnable, impidiendo retrotraerse a cuestiones ya ventiladas y tratadas en el decisorio.\r\nEl desistimiento del recurso de apelación importa que la resolución del juez a quo haya quedado firme y pasada en autoridad de cosa juzgada, no correspondi...
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\r\nLos honorarios profesionales por el incidente de extensión de quiebra (art. 163 ley 24.522) al carecer de norma específica en la ley de quiebras, deben regularse por lo dispuesto en el art. 61, inc. 1, ley 8226, referido a los incidentes concursales....
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\r\nExistiendo discrepancia entre lo normado por la Carta Orgánica Municipal -art. 184- y la ord. 282/85 que rige el procedimiento administrativo -art. 62- y sin que sea posible realizar una interpretación armónica de las normas, debe tenerse en cuenta que la Carta Orgánica Municipal de Río Cuarto, que contempla expresamente el plazo de pronunciamiento de la administración ante reclamos administra...
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\r\nEl adquirente de un inmueble -salvo convención en contrario- no tiene por qué cargar con las deudas impositivas anteriores a la adquisición.\r\nResultan controvertidos los hechos que hacen al «incumplimiento» del pago de los impuestos, ya que la demandada ha demostrado que ha realizado gestiones tendientes al pago de los impuestos adeudados, suscribiendo los planes de pago ante la DGR y la Mun...
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\r\nSi en el acto de estipulación, las partes no han considerado el incumplimiento del pago de impuestos como causal de resolución del contrato, no procede la facultad resolutoria implícita que surge del art. 1204 C.C. y lo único que queda es reclamar la escrituración convenida.\r\nLa demanda por escrituración sólo podía incoarse después de vencido el plazo establecido contractualmente y una vez d...
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\r\nSi la herramienta secuestrada es la utilizada por los terceristas para desarrollar una actividad laboral, su privación implica el cierre de la fuente de trabajo (derecho reconocido constitucionalmente). Asimismo, encontrándose acreditado el peligro en la demora y el requisito específico de la medida innovativa solicitada desde la óptica del art. 484 C.P.C.C. ya que existe la posibilidad de obt...
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