Sin perjuicio de la opinión de este tribunal sobre la procedencia de la caducidad de segunda instancia una vez dictada la resolución, razones de economía procesal y celeridad llevan a adoptar la doctrina del Tribunal Superior de Justicia en tanto éste ha sostenido que una vez dictada la resolución que provee la pretensión, la instancia no es susceptible de perimir aunque luego el interesado se man...
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El alcance de la responsabilidad del sucesor singular de un bien que reconoce un embargo debidamente inscripto se limita al monto nominal por el que fuera anotada la cautelar en el Registro correspondiente. El art. 1174 C.C. permite que los bienes embargados sean objeto de convención, salvando el perjuicio a terceros, lo que valida el acto concertado al momento de la venta del bien embargado.
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La publicidad que otorga el registro tiene como finalidad hacer conocer a los terceros el alcance de la obligación que asume al tomar a su cargo la medida cautelar, y dicha noticia estará dada por el monto consignado en la información registral....
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La teoría de los actos propios constituye una regla de derecho derivada del principio general de la buena fe, que sanciona como inadmisible toda pretensión lícita pero objetivamente contradictoria con respecto al propio comportamiento anterior, efectuado por el mismo sujeto. Tiene, además, amplia aplicación con decisiva importancia en el trámite de los procesos judiciales.
El principio general...
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Los herederos y entre ellos la administradora judicial de la sucesión, han determinado la base sobre la cual ha de practicarse la regulación de honorarios y ello enerva cualquier postura contradictoria posterior. Los herederos efectúan una declaración y valuación de bienes que integrarían el acervo hereditario y solicitan que la estimación sea tomada en cuenta a los fines de la ley 8226. De ello c...
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Los herederos y entre ellos la administradora judicial de la sucesión, han determinado la base sobre la cual ha de practicarse la regulación de honorarios y ello enerva cualquier postura contradictoria posterior. Los herederos efectúan una declaración y valuación de bienes que integrarían el acervo hereditario y solicitan que la estimación sea tomad...
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Si bien es cierto que lo que no consta en autos no tiene incidencia en la contienda judicial, también lo es que atraídos unos autos, como producto del carácter universal de este proceso, pueden tomarse en cuenta para resolver cuestiones, valorando lo colectado en los actuados venidos a conocimiento del tribunal.
En lo referente al pedido de aplicación del art. 44 ley 8226, éste comprende vari...
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El pedido de astreintes deberá ser introducido al momento de pretender el cobro de los honorarios regulados.
El apelante no introduce nuevos elementos de juicio que modifiquen la resolución que ataca, ni realiza valoraciones diversas de las cuestiones de hecho colectadas en autos. La renovación que provoca la apelación no supone en nuestro sistema la reapertura del proceso en nueva instancia i...
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El art. 1026 C.C. dispone que el instrumento privado reconocido judicial-mente por la parte a quien se lo opone o declarado debidamente reconocido, tiene el mismo valor que el instrumento público. Ergo, el documento no es eficaz si no media el reconocimiento y en menor medida lo es si medió un desconocimiento expreso y categórico de la parte a la cual se le atribuye....
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El reconocimiento de un instrumento privado puede ser expreso o tácito. Cuando el instrumento es negado, se deben cubrir los extremos fijados por el art. 243 C.P.C.C.....
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