Se labraron actuaciones previas al despido con abundante documentación. Ello obliga al examen de estas constancias procesales como curso preparatorio del despido. \r\nLa L.C.T. no contiene una regla específica que obligue a la empleadora a concretar un procedimiento previo destinado al despido, aunque está obligada, aun en esta etapa de la vinculación contractual, a obrar con criterio de buena fe,...
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El ?Reglamento de Personal? del Banco de la Provincia de Córdoba de 1968 preveía la obligatoriedad de concretar un sumario previo en caso de ?destitución? (arts. 60 y 63). Esta disposición fue derogada mediante resolución del 13/12/93 según copia autenticada glosada en autos. Tiene como fundamento la Ley Provincial 8111 que vino a adoptar la ley de facto Nro. 22.452 del 11/3/81 (doce años después...
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El ?Reglamento de Personal? del Banco de la Provincia de Córdoba de 1968 preveía la obligatoriedad de concretar un sumario previo en caso de ?destitución? (arts. 60 y 63). Esta disposición fue derogada mediante resolución del 13/12/93 según copia autenticada glosada en autos....
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Las personas laboralmente dependientes, son objetos de derechos al igual que los ciudadanos en la vida civil. Las pautas referidas a los ?procedimientos previos a la Terminación o en Ocasión de ésta? del art. 71, Conv. 158 de OIT sobre la terminación de la relación de trabajo, resultan para el caso, al menos un derecho interpretativo. Se trata de un convenio no ratificado por Argentina. Sin embarg...
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Las personas laboralmente dependientes, son objetos de derechos al igual que los ciudadanos en la vida civil. Las pautas referidas a los ?procedimientos previos a la Terminación o en Ocasión de ésta? del art. 71, Conv. 158 de OIT sobre la terminación de la relación de trabajo, resultan para el caso, al menos un derecho interpretativo. Se trata de un convenio no ratificado por Argentina. Sin embarg...
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La exigua diferencia de dos días entre la iniciación del juicio principal y del beneficio no es un motivo razonable para no proyectar los efectos de éste sobre los gastos generados por la demanda. En dos casos anteriores (?Canepuccia c/ Santillan ? Ordinario?, auto nº 122 del 12-4-07; y ?Construcciones La Recta S.A. ? Quiebra ? Verif. Tardía de Yanicelli y Frencia?, auto nº 430 del 16.11.06), pla...
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La noción de acto ilícito y la de acto abusivo no se superponen y conservan cada uno su ámbito separado y diferenciado. Lo regulado por el art. 1071 C.C. se configura con la conducta permitida pero ejercida de manera desmedida, contraria a la norma que la ampara, a la moral, con mala fe y desnaturalizando el derecho que se pretende ejercer.\r\nEl juez debe valorar en cada caso si ha existido un us...
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Corresponde una valoración restrictiva de las condiciones de procedencia de la responsabilidad aquiliana con sustento en el abuso de derecho, ya que se debe requerir la inexistencia de duda acerca del ejercicio anormal e intrínsecamente injusto del derecho invocado, teniendo en cuenta si ha existido intención de dañar, y elegido la vía más dañosa para hacerlo valer.\r\nPara considerar si ha mediad...
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La noción de acto ilícito y la de acto abusivo no se superponen y conservan cada uno su ámbito separado y diferenciado. Lo regulado por el art. 1071 C.C. se configura con la conducta permitida pero ejercida de manera desmedida, contraria a la norma que la ampara, a la moral, con mala fe y desnaturalizando el derecho que se pretende ejercer.\r\nEl juez debe valorar en cada caso si ha existido un us...
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