Despido

Valor interpretativo del Convenio 158 de la O.I.T. / Aplicación art. 8º de la Convención Americana de Derechos Humanos /

Las personas laboralmente dependientes, son objetos de derechos al igual que los ciudadanos en la vida civil. Las pautas referidas a los ?procedimientos previos a la Terminación o en Ocasión de ésta? del art. 71, Conv. 158 de OIT sobre la terminación de la relación de trabajo, resultan para el caso, al menos un derecho interpretativo. Se trata de un convenio no ratificado por Argentina. Sin embarg...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala VII
Autos: Ortiz, Luis Guillermo c/ Banco Provincia de Córdoba S.A.

Revista Nro: 131
Nro Página: 328

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