Es de práctica que al presentar el cheque, previamente al cobro en la institución bancaria o al depositarlo en una cuenta, el beneficiario firme al dorso, lo cual implica un recibo o constancia a la que tiene derecho el girado cuando cancela el importe pertinente. Pero cuando se rechaza el pago, no podría reputarse la firma del beneficiario como recibo, aunque sí tiene valor de endoso....
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El allanamiento de la fallida a la escrituración iniciada y la conformidad de la sindicatura a la procedencia de la solicitud del acreedor tardío demuestran una lealtad procesal inobjetable al aconsejar sin más la aceptación del crédito, resultando por ello de recta aplicación el principio general de que el acreedor peticionante de verificación tardía debe cargar con las costas....
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La regulación de honorarios consiste en asegurar una retribución profesional digna y equitativa por la labor cumplida (art. 14 C.N.) que, a la vez, resguarde el derecho de propiedad del deudor condenado en costas, frente a la eventualidad de regulaciones desorbitadas (art. 17 C.N.).
Resulta justo y equitativo practicar una sola regulación de honorarios conjunta (síndico y su asesor) por las tare...
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En el incidente de verificación tardía, las costas deben ser soportadas por el acreedor tardío, aun en el supuesto de que resultare vencedor en su pretensión. El fundamento está dado en que este proceso impide que en un determinado momento se pueda conocer la real constitución de la masa pasiva y elude el control de los restantes acreedores, sustrayéndose a la concursalidad ínsita en el trámite de...
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El principio de carga de las costas por el verificante tardío no es absoluto, admitiendo su atenuación ante ciertos supuestos específicos, como en los casos en que el concursado, el fallido o incluso el síndico, resistan en forma absolutamente injustificada o maliciosa la pretensión verificatoria, o en los supuestos en que exista un exceso ostensible en los límites de las defensas esgrimidas por l...
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El régimen de costas en el vigente C.P.C.C., ha sufrido profundas modificaciones terminando con las diferencias entre el sistema para los juicios en general y los juicios ejecutivos, y entre el proceso principal y los incidentes. Es insostenible frente a la unificación normativa (art. 133 C.P.C.C.) especialmente el art. 131 C.P.C.C., cuyo primer párrafo in fine, aclara con nitidez que el allanamie...
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Es sabido que los tribunales deben dirimir efectivas colisiones de intereses o derechos que subsisten al momento del dictado de la resolución. En consecuencia, no se debe emitir sentencia si la cuestión litigiosa queda finiquitada por circunstancias sobrevinientes que la tornan abstracta. Cuando ello obedece a un hecho extraño a la voluntad de los litigantes, las costas deben imponerse por su orde...
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En el incidente de verificación tardía, las costas deben ser soportadas por el acreedor tardío, aun en el supuesto de que resultare vencedor en su pretensión.
La verificación tardía impide que en un determinado momento se pueda conocer la real constitución de la masa pasiva y además elude el control de los restantes acreedores, sustrayéndose a la «concursalidad» ínsita en el trámite de la verific...
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Las labores desarrolladas por el síndico y su asesor pueden ser ponderadas como una gestión única e inescindible, al punto que podría hablarse de una verdadera «gestión común» (art. 22 ley 8226). De tal modo, su retribución, ponderada a la luz de la directiva genérica contenida en el art. 105 ley 8226 conforme a la cual la télesis de todo el ordenamiento arancelario consiste en asegurar una retrib...
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Al margen de la existencia de un allanamiento de la parte actora a la excepción de prescripción opuesta por el demandado, no existe duda que corresponde imponer las costas a la demandante, ya que reclamó una deuda que estaba prescripta.
La circunstancia de que se haya esperanzado en que los demandados no habrían de oponer la excepción o que no haya advertido que el pagaré estaba prescripto, no de...
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