El tercerista se ha valido de las constancias registrales para contratar con la firma demandada en los autos principales, para adquirir el inmueble cuya titularidad figuraba a nombre de ésta y ha tomado a su cargo la única deuda que para entonces estaba gravando el inmueble con un embargo. Sobre la base de esa situación ha pagado íntegramente el precio pactado y ha adqu...
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Nos encontramos frente al supuesto de concurrencia de dos acreedores de buena fe del titular registral de dominio que pretenden hacer valer sus respectivas acreencias sobre el mismo bien: uno, acreedor de una suma de dinero y, el otro, acreedor de dominio. Ambos reclaman prioridad para hacer efectivo su crédito sobre el bien, el primero en razón de la prioridad registral que adquiri&...
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Si el tercerista ha acreditado y la ejecutante ha admitido que el inmueble en cuestión constituye la vivienda familiar de aquél, debe reconocérsele mejor derecho al acreedor de dominio, porque por encima de las disposiciones contradictorias que exhibe en esta materia nuestro ordenamiento jurídico a nivel legislativo, de las que dan cuenta todas las discrepancias doctri...
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En el constitucionalismo de nuestros días se tiende a pensar que la función de la Constitución es moldear las relaciones sociales. Por consecuencia, también se tiende a pensar que las normas constitucionales -sobre todo, los principios generales y las normas programáticas- pueden producir efectos directos y ser aplicadas por cualquier juez en ocasión de cu...
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Cabe compartir la postura que admite la aplicación extensiva del art. 1185 bis C.C., en un caso como el planteado, en el que la acreencia de dominio que pretende hacer valer como mejor derecho, el tercerista tiene como objeto su vivienda familiar. Las dudas de interpretación que pudieran generar el texto limitativo de la norma citada quedan sobradamente despejadas si tenemos en cuent...
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El T.S.J. ha entendido que el privilegio que establecen en favor de los créditos fiscales los arts. 241 inc. 3 y 246 inc. 4 L.C., puede hacerse valer también fuera del concurso en una ejecución individual, apelando para ello a una interpretación integral y sistemática del orden jurídico y al principio de economía procesal para evitar que al Estado s...
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El T.S.J. ha entendido que el privilegio que establecen en favor de los créditos fiscales los arts. 241 inc. 3 y 246 inc. 4 L.C., puede hacerse valer también fuera del concurso en una ejecución individual, apelando para ello a una interpretación integral y sistemática del orden jurídico y al principio de economía procesal para evitar que al Estado s...
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Teniendo en cuenta que el contrato de compraventa que esgrime el tercerista tiene fecha cierta, al haberse celebrado por escritura pública, y ha sido celebrado con quien era titular registral del dominio, que ha pagado el precio íntegro, que es de buena fe y que ha demostrado haber recibido la posesión y estar habitando la vivienda, no existen dudas que el crédito de do...
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Si por incuria de la recurrente no se produce ninguna de las pruebas ofrecidas en su escrito de oposición de excepciones, es forzoso desestimar la de pago, desde que no hay en la causa ningún documento emanado de la ejecutante que instrumente la extinción de la obligación que se ejecuta (arts. 547 inc. 6 y 548, C.P.C.C.)....
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Resulta extraño al acotado marco cognitorio del proceso ejecutivo toda discusión sobre la causa de la obligación, por consiguiente, no tiene caso la alegación de que en el certificado de saldo deudor en cuenta corriente bancaria se han incluido débitos extraños a lo que es estrictamente el servicio de pago de cheques u otros conceptos que podrían estar excluidos por la ley o por la voluntad de las...
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