La citación en garantía de la aseguradora es una facultad que el art. 118 L.S. le otorga al asegurado, pero no un deber cuyo incumplimiento exima a esta última de responsabilidad, porque ella tiene siempre la facultad de examinar las actuaciones motivadas o relacionadas con la investigación del siniestro (art. 46 in fine L.S.) y frente al explícito rechazo de la denuncia que le formulara el asegur...
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El instrumento privado una vez reconocido tiene el mismo valor que el instrumento público entre los que lo han suscripto y sus sucesores (art. 1026 C.C.). Al hablar de los que lo han suscripto, la ley se refiere a las partes mismas que han inter-venido en el otorgamiento del instrumento, sea que hayan obrado personalmente, sea que lo hayan hecho por intermedio de apoderados o representantes.
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La prueba que pudo ser idónea para demostrar la falsedad ideológica de un instrumento privado -en el caso de la fecha consignada en el recibo por personal autorizado por la demandada- es el informe pericial basado en el examen de su documentación contable, pero, esta prueba, ofrecida por la ahora apelante, no pudo realizarse de esa manera porque la misma parte que la ofreció no puso la documentaci...
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En los juicios ejecutivos de monto mínimo en los que no se han opuesto excepciones, la ley no ha establecido que el abogado tenga derecho siempre y, en todo caso, a una regulación mínima completa, cualquiera sea la extensión del proceso en que se hubiese ejecutado la tarea profesional.\nEl art. 34 C.A. dice que el piso de 15 o 10 jus para los procesos declarativos o eje...
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En el caso del proceso declarativo que concluye por sentencia pero con ahorro de alguna etapa, por ejemplo, la del diligenciamiento de prueba, es dudoso que se pueda decir que no hay tramitación total. En autos, se redujo el mínimo de honorarios de 15 jus del juicio abreviado a 9 jus (60%), porque habiendo la parte actora renunciado a la confesional de los demandados -única de...
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No basta para sostener el recurso en esta sede con reiterar el cuestionamiento al decreto de designación de la apoderada del actor como instrumento hábil para acreditar la representación del municipio, la sola afirmación de que el título no reúne los presupuestos requeridos para su habilidad como título ejecutivo y la mera mani-festación de q...
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La falta de acuerdo de la apelante con lo resuelto, en tanto no esté apoyada en una censura crítica que señale los errores que, a su criterio, contiene el pronunciamiento y lo tornan injusto, carece de suficiencia técnica para mantener el recurso en esta instancia y, por ende, no constituye propiamente una expresión de agravios...
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Si la inscripción provisoria caducó por no haberse subsanado la observación en término, debe considerarse que nunca existió y no pueden asignársele, sin violentar la ley, los efectos propios de la publicidad registral en virtud de la cual, las constancias inscriptas se presumen conocidas....
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Si el adquirente del inmueble ha recibido la posesión, ha pagado el precio y tiene a su favor la escritura pública pero no está inscripta la transferencia del dominio, su adquisición es inoponible a los acreedores del vendedor (art. 2505 C.C.). Su situación es equivalente a la del adquirente con boleto de compraventa en las mismas condiciones porque falta cumplir...
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El derecho del embargante no requiere de posesión y, por lo tanto, no cabe exigirle un control directo sobre la cosa.Está fuera de discusión la buena fe del tercerista al adquirir el inmueble, no sólo porque el embargo no había ingresado al Registro al momento de otorgarse la escritura, sino además porque el ejecutante no ha alegado ni probado circunstanci...
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