La primera obligación de todo conductor es la prudencia en el manejo, conservando siempre el pleno dominio sobre su rodado a fin de poder superar las contingencias del tránsito y de allí que la transgresión a tal premisa implique, sin lugar a dudas, la presunción de culpabilidad de quien la comete\nInclusive, la eventual prioridad de paso al dejar de lado element...
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El art. 1113 C.C. consagra una presunción de causalidad sólo enervable por la demostración de que, en realidad, el daño provino de la actuación de una causa ajena: culpa de la víctima, de tercero, caso fortuito extraño a la cosa o uso de ésta contra la voluntad del dueño o guardián. Esta conclusión -aplicación de l...
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La actual tendencia de la doctrina y jurisprudencia, que son mayoritarias en una acción por daños y perjuicios producidos con motivo de un accidente entre dos vehículos en movimiento, es que en estos casos hay dos daños y cada uno debe reparar el daño que causó al otro, mientras no se prueba la culpabilidad exclusiva de uno de los participantes del evento....
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Los conductores deben obrar con la precaución que exigen las circunstancias de tiempo y lugar (arts. 512 y 902 C.C.) ya que todo conductor debe encontrarse siempre con disposición anímica de detener instantáneamente el vehículo que maneja y si no lo hace, incurre en culpa....
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Existe concurrencia de culpas si la misma existencia del hecho está determinada por la imprudencia o imprevisión de ambos agentes, de manera tal que, correlativamente, la previsión o cuidado de cualesquiera de ellos hubiere bastado para excluir la posibilidad de la producción de aquél.\nSi las parte no invocan la concurrencia de culpas, ello no es óbice pa...
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Quien llega desde la derecha está facultado para avanzar ante la legítima expectativa de que será el otro rodado quien se detendrá; en tanto no sea un actuar imprudente, no puede ser consi-derado responsable. Ello es así pues ningún derecho puede ser ejercido abusivamente (art. 1070 C.C.) y este principio resulta también aplicable a la prioridad de ...
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Es posible que un automotor interviniente en un accidente de tránsito pueda resultar con pérdida de su valor de reventa en el mercado -es decir, sufrir una desvalorización económica- pero esta disminución debe ser probada por medios que permitan al juzgador determinar con certeza cuál es la disminución, siendo necesario que las secuelas sean de tipo...
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El actor no tiene carga alguna de presentar el instrumento donde consta el convenio sobre la competencia junto con la demanda. Recién se le volvió imperativo con la excepción de incompetencia. De todos modos no se menoscabó el derecho de defensa de los demandados, en todo caso, por el momento en que se trajo al proceso, hubiera podido justificar una eximición de ...
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Si bien la solicitud está firmada por uno solo de los demandados, se trata de una cuenta corriente a orden indistinta, y no negándose que así funcione en los hechos, sus términos alcanzan al otro cuentacorrentista...
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El art. 21 inc. 1 L.C. acuerda la opción de continuar el juicio (escrituración) ante el tribunal del concurso, valiendo la sentencia estimatoria como pronunciamiento verifica-torio. Esta innovación de la ley concursal es en esencia una verificación de créditos, paralela a la prevista por el art. 32 y ss.. En consecuencia, como tal debe ser considerada....
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