Que de conformidad a lo establecido por el art. 484 del C.P.C.C., aplicable por remisión del art. 17 de la ley 4915 y del art. 13 de la ley 7182, quien tuviere fundado motivo para temer que durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho, éste pudiere sufrir un perjuicio inminente o irreparable, podrá solicitar las medidas que, según las circunstancias, fueren más aptas para as...
Ver más
El Municipio de la ciudad de Córdoba tiene el monopolio para la regulación y control del servicio público de transporte de pasajeros dentro de su ejido. Ello resulta inherente a la autonomía reconocida en el art. 5º de la Constitución Nacional y art. 180 de nuestra Carta Magna local, que establece también como una materia propia del mismo lo relacionado con el transporte urbano (del voto de la Dra...
Ver más
El ejercicio del poder de policía de regulación y control del servicio público de transporte involucra también la seguridad de la comunidad, en particular de las personas transportadas que, como usuarias del servicio de que se trata, son sujetos de especial protección que las autoridades tienen la obligación de brindar (art. 42 C.N.), por lo que la verificación del cumplimiento de los requisitos p...
Ver más
La Cámara inviste competencia para analizar la admisión y/o la procedencia de la acción de amparo interpuesta y de la medida cautelar. Aun cuando la Municipalidad de Córdoba haya asumido el rol de amparista o demandante, no sería razonable interpretar que la intención del legislador al reformar la ley 4915, hubiese sido la de considerar únicamente el supuesto en el cual la administración pública p...
Ver más
El derecho de defensa del imputado comprende el derecho a un comportamiento procesal pasivo (derivado del principio nemo tenetur se ipsum acussare), lo que configura un aspecto de la garantía de incoercibilidad moral del imputado (art. 18 C.N.), pero de ningún modo autoriza –ni al imputado ni a su defensor– la ejecución de conductas activas tendientes a obstaculizar la investigación. En tal sentid...
Ver más
Las manifestaciones del abogado defensor pueden ser valoradas como indicios de riesgo para la investigación, si fueron efectuadas en su carácter de defensor de quien todavía no resultaba imputado en la misma causa como partícipe del hecho investigado en ella. No existe aquí ninguna tensión entre derechos fundamentales, por cuanto la garantía de una comunicación libre y privada entre un imputado y ...
Ver más
Debe ser descartado el pedido de nulidad formulado por un imputado que recién adquirió tal calidad luego de haberse tomado conocimiento –casual– del contenido de las conversaciones objeto de la intervención. Ello configura una razón para descartar la nulidad así alegada, en virtud de la ausencia de interés para declararla con relación al imputado, en tanto la medida no estuvo dirigida a intervenir...
Ver más
La intervención de las comunicaciones del imputado es un medio de prueba previsto expresamente por nuestra regulación procesal penal, que tiene como requisito sine qua non que sea adoptada por resolución fundada de un tribunal, bajo pena de nulidad (arts. 216 C.P.P.). Dicha exigencia deriva de la garantía de inviolabilidad de las comunicaciones y del derecho a la intimidad, reconocidos a nivel con...
Ver más
El control de razonabilidad debe realizarse siempre teniendo presente que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad que debe ser considerada ultima ratio del orden jurídico, máxime en supuestos donde las decisiones enjuiciadas corresponden al ámbito de funciones privativas de los otros poderes del Estado, con amplio margen para definir las medidas que estimen más oportunas...
Ver más
Reconocer el carácter de privilegiado a un crédito implica otorgarle el derecho de ser pagado con preferencia a otro, y que tal calidad solo puede surgir de la ley. Asimismo, los privilegios, en tanto constituyen una excepción al principio de la par conditio creditorum –como derivación de la garantía de igualdad protegida por la Constitución Nacional– deben ser interpretados restrictivamente, pues...
Ver más