Medida cautelar

Requisitos de procedencia /

Que de conformidad a lo establecido por el art. 484 del C.P.C.C., aplicable por remisión del art. 17 de la ley 4915 y del art. 13 de la ley 7182, quien tuviere fundado motivo para temer que durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho, éste pudiere sufrir un perjuicio inminente o irreparable, podrá solicitar las medidas que, según las circunstancias, fueren más aptas para as...
Tribunal: Cámara 2ª Cont. Adm.
Autos: Municipalidad de Córdoba c/ Uber y otros - Amparo (ley 4915

Revista Nro: 200
Nro Página: 433

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