Notificación
Máxima S.R.L. c/ Rodolfo Paladino y otro NotificaciónNecesidad de notificar la demanda al domicilio real /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C.
La notificación de la demanda siempre debe efectuarse en el domicilio real (art. 144, inc. 1, C.P.C.C.) sin embargo, no se ha probado que la demanda haya sido notificada en un domicilio que no fuese el ?real?, pues la constancia del cambio de domicilio es posterior a la citación al juicio (del voto del Dr. Griffi)...
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