Pesificación

Supuestos de excepción: requisitos /

El decr. 410/02 es claro en su texto, pues establece dos requisitos para autorizar el supuesto de excepción: que se trate de persona física o jurídica extranjera y que los fondos utilizados a los fines de abonar la deuda provengan del extranjero. En autos se cumplimentan ambos requisitos, puesto que los deudores y obligados son personas de nacionalidad brasilera y los fondos c...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C.
Autos: Galfione, Lorenzo Silvio y otros c/ Da Silva Nelson y otros

Revista Nro: 93
Nro Página: 282

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase