1. Un mandato que no faculta a los apoderados para estar en un determinado juicio, no es un mandato nulo o inválido, sino ineficaz para otorgar representación.
2. Por la vía de un incidente no pueden atacarse sino nulidades procesales, según lo establece el art. 365 bis C.P.C..
3. Ante los actos procesales -demanda en adelante- el demandado puede oponerse excepcionándose por falta de personería....
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1. Nuestra ley ritual en materia civil fija taxativamente las causales que deben determinar el apartamiento de un magis¬trado, motivo por el cual la invocación de una inhibición no prevista expresamente, debe ser cuidadosa y prudentemente analizada.
2. La finalidad de regular los institutos de la excusación y recusación obedece al principio de asegurar que el sentenciante sea realmente una perso...
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“...Considero que el hecho que el Banco Sycor se haya obligado como fiador y principal pagador hasta la entrega de la cosa al locador, no autoriza a concluir que la garantía subsiste por todo el tiempo que el locador acepte la prórroga temporal del arrendamiento...”....
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1. El desistimiento parcial con efectos cancelatorios formulado por el Fisco de la Provincia de Córdoba, no exime de imponer las costas a la contraria, toda vez que la accionante debió iniciar la acción judicial para lograr la satisfacción de su pretensión.
2. La parte accionada incurrió en una clara y efectiva actitud negligente y violatoria del deber impuesto expresamente por la ley, como lo es...
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1. Corresponde rechazar el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia que declara la quiebra, toda vez que el único remedio impugnativo en la alzada es la apelación (art. 296, ley 19.551). Si el recurrente considera que existen errores in procedendo, éstos deben ser atacados mediante esa vía recursiva. La sentencia de quiebra impugnada sostiene -entre sus fundamentos- que para declarar la ...
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1. Corresponde rechazar el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia que declara la quiebra, toda vez que el único remedio impugnativo en la alzada es la apelación (art. 296, ley 19.551). Si el recurrente considera que existen errores in procedendo, éstos deben ser atacados mediante esa vía recursiva. La sentencia de quiebra impugnada sostiene -entre sus fundamentos- que para declarar la ...
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1. Corresponde declarar desierto el recuso de nulidad deducido por la parte accionada, en cuanto en su expresión de agravios no puntualiza vicios u omisiones in procedendo, ni se observan en el decisorio atacado vicios procesales que afecten el derecho de defensa de la recurrente y que por su entidad deban ser declaradas ex officio.
2. Si los recurrentes no impugnan los montos regulados a los let...
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1. Corresponde declarar desierto el recuso de nulidad deducido por la parte accionada, en cuanto en su expresión de agravios no puntualiza vicios u omisiones in procedendo, ni se observan en el decisorio atacado vicios procesales que afecten el derecho de defensa de la recurrente y que por su entidad deban ser declaradas ex officio.
2. Si los recurrentes no impugnan los montos regulados a los let...
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1. De conformidad a lo previsto por los arts. 115 y 116 del Código Arancelario la regulación de honorarios defectuosa en un juicio de apremio es recurrible.
2. Ello así, en virtud de que el régimen previsto en la ley no diferencia según sea la naturaleza del pleito donde la regulación de honorarios impugnada se encuen¬tra....
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1. Las diligencias de la ejecución de una sentencia no configu¬ran un ámbito jurídico en el que el juez pueda dictar decisiones que se aparten de los términos de la sentencia, debiendo limitar¬se razonablemente todo intento por dilatar el trámite de aque¬llas.
2. Es la propia ley procesal la que exige en la ejecución de sentencia que se invoque una causa posterior a su dictado, para admitir la re...
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