Desistimiento

Fisco: desistimiento parcial / Fisco: desistimiento parcial /

1. El desistimiento parcial con efectos cancelatorios formulado por el Fisco de la Provincia de Córdoba, no exime de imponer las costas a la contraria, toda vez que la accionante debió iniciar la acción judicial para lograr la satisfacción de su pretensión. 2. La parte accionada incurrió en una clara y efectiva actitud negligente y violatoria del deber impuesto expresamente por la ley, como lo es...
Tribunal: Cámara C. y C., Familia y del Trabajo de Río Tercero
Autos: Cámara C. y C., Familia y del Trabajo de Río Tercero

Revista Nro: 26
Nro Página: 187

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