Recurso de casación
Pilleri, Ricardo Jesús Recurso de casaciónRecursos / Principio de taxatividad /
Tribubal: T.S.J., Sala Penal
El art. 443 C.P.P. consagra el principio de taxatividad, según el cual los recursos proceden en los casos expresamente previstos. De tal modo, si la resolución que se ataca no está captada como objeto impugnable dentro del elenco consagrado por la ley adjetiva, el recurso es formalmente improcedente, salvo que se introduzca dentro de la vía recursiva, el cuestionamiento de la constitucionalidad de...
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